Sentencia Nº INC-APEL-9-2019 de Cámara Primera de lo Laboral, San Salvador, 22-01-2019
Sentido del fallo | Sentencia confirmatoria |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION |
Materia | LABORAL |
Fecha | 22 Enero 2019 |
Número de sentencia | INC-APEL-9-2019 |
Tribunal de Origen | JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL, SAN SALVADOR |
Emisor | Cámara Primera de lo Laboral, San Salvador |
INC-APEL-9-2019
CÁMARA PRIMERA DE LO LABORAL: San Salvador, a las once horas del día veintidós de
enero de dos mil diecinueve.
VISTOS en apelación la sentencia pronunciada por el señor J. Quinto de lo Laboral de
este departamento, a las ocho horas y quince minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil
dieciocho, en el Juicio Individual Ordinario de Trabajo, promovido por el licenciado M..
.J..U., actuando en calidad de Defensor Público Laboral, en nombre y
representación del trabajador JRSF, contra la sociedad MULTI APLICACIONES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, reclamando el pago de indemnización
por despido injusto, vacación y aguinaldo proporcional. Sentencia en la cual se resolvió lo
siguiente: “(...) FALLO: I) DESESTIMASE las excepciones alegadas y opuestas por la parte
demandada, II) DECLÁRESE Terminado el Contrato Individual de Trabajo celebrado entre las
partes, III) CONDENASE a la sociedad MULTI APLICACIONES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse MULTI APLICACIONES,
S.A DE C.V., y según demanda MULTIAPLICACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, R.a Legalmente por el señor FSCC, a pagar al trabajador
JRSF, la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS DOLARES (sic) CON
CINCUENTA Y DOS CENTAVOS DE DOLAR,(sic) en los conceptos siguientes: a) DOS
MIL TREINTA Y CUATRO DÓLARES (sic) CON ONCE CENTAVOS DE DÓLAR, (sic)
en concepto de indemnización por Despido Injusto; b) CIENTO TRECE DÓLARES CON
DIECISIETE CENTAVOS DE DOLAR, (sic) en concepto de vacación proporcional; c)
CIENTO CATORCE DÓLARES (sic) CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE
DOLAR, (sic) en concepto de Aguinaldo Proporcional; d) TRESCIENTOS SESENTA Y UN
DÓLARES (sic) CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (sic), en concepto de
Salarios Caídos en esta instancia.- HÁGASE SABER.- (...)”.-
Intervinieron en primera instancia los licenciados M.J.U. y V.E.
.G.B., en calidad de Defensores Públicos Laborales, en nombre y representación del
trabajador demandante; y por la parte demandada los licenciados V..Y..B.
.H. y R.E.T.oledo C., como Apoderados Generales Judiciales con
Cláusula Especial. En la presente instancia se apersonó únicamente el licenciado T..C.,
en calidad de apelante, quien es mayor de edad, abogado y de este domicilio.
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