Sentencia Nº INC-PN-65-17 de Cámara de la Segunda Sección de Occidente, Sonsonate, 31-03-2017
Sentido del fallo | Revocase el auto mediante el cual se denegó por extemporáneo un nuevo señalamiento para la diligencia de reconocimiento de personas |
Normativa aplicada | D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE |
Materia | PENAL |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION CONTRA AUTOS |
Fecha | 31 Marzo 2017 |
Número de sentencia | INC-PN-65-17 |
Delito | Homicidio agravado en grado de coautoría; Homicidio agravado imperfecto o tentado |
Tribunal de Origen | Juzgado de Primera Instancia de Izalco |
Emisor | Cámara de la Segunda Sección de Occidente, Sonsonate |
INC-PN-65-17
Cámara de la Segunda Sección de Occidente: Sonsonate, a once horas veinte minutos del treinta
y uno de marzo de dos mil diecisiete.
Por recibido el oficio número 0971 de fecha veintiocho del corriente mes y año y recibido
en la Secretaría de esta Cámara a las once horas veinticinco minutos del treinta de marzo del año
en curso, mediante el cual la Secretaria del Juzgado de Primera Instancia de Izalco remite a esta
Cámara certificación del proceso penal y de las diligencias administrativas o insustanciales de la
causa penal seguida contra el imputado presente FERNANDO ANTONIO L. V., alias “C.” o
“W.”, de veinte años de edad, residente en Lotificación [...], pasaje [...], casa número [...], cantón
[...], municipio de Izalco, de este departamento, hijo de [...] y [...]; a quien se le atribuyen los
delitos de HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado
en el art. 128 en relación a los arts. 129 N° 3 y 33 del Código Penal, en perjuicio del derecho a la
vida del señor MISAEL OSMIN G. A.; y HOMICIDIO AGRAVADO IMPERFECTO O
TENTADO, previsto y sancionado en el art. 128 en relación a los arts. 129 N° 3 y 24 del Código
Penal, en perjuicio de la vida de la persona que goza de régimen de protección clave
“ARGELIA”; documentación que se recibe a efecto de resolver el recurso de apelación
interpuesto por el agente fiscal MAURICIO MISAEL CASTRO ALONSO, del auto
pronunciado por el Juez de Primera Instancia de Izalco, mediante el cual denegó por
extemporáneo un nuevo señalamiento para la diligencia de reconocimiento de personas,
solicitado por el aludido agente fiscal.
Que el Juez de Primera Instancia de Izalco, por auto de las catorce horas treinta y cinco
minutos del día trece de marzo del presente año, expresó que dejaba sin efecto la diligencia de
reconocimiento de persona, señalada para las quince horas de ese día, que se había ordenado
realizar en el imputado FERNANDO ANTONIO L. V., con el testigo y víctima con régimen de
protección clave “ARGELIA”; lo anterior, en virtud de la incomparecencia de la defensa pública;
y tomando en consideración que el plazo de instrucción otorgado en el presente proceso vence el
día quince de marzo de dos mil diecisiete, decidió denegar por extemporáneo un nuevo
señalamiento para la diligencia de reconocimiento de persona, solicitado por el fiscal Licenciado
Mauricio Misael Castro Alonso.
Inconforme con la anterior resolución, el agente fiscal Licenciado Mauricio Misael
Castro Alonso presentó recurso de apelación, en el cual expuso: La representación fiscal no
comparte la razón que expresa el señor Juez de Primera Instancia de Izalco en virtud que no ha
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