Sentencia Nº L-4-11-01-18 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 23-01-2018

Sentido del falloSentencia confirmatoria
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaLABORAL
Fecha23 Enero 2018
Número de sentenciaL-4-11-01-18
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO LABORAL, SAN MIGUEL
L-4-11-01-18
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: San Miguel, a las
catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de enero de dos mil dieciocho.-
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y DEL PROCESO:
1. Esta apelación ha sido interpuesta en el proceso individual de trabajo, promovido por la
Licenciada KARLA MARÍA LOPEZ SARAVIA, mayor de edad, Abogada, del domicilio de
San Miguel, con tarjeta de identificación de abogada número [...], defensora pública laboral,
delegada en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República, en nombre y
representación del trabajador señor MARCELO ROMAN C. C.; mayor de edad, soltero,
Ejecutivos de ventas, del domicilio de San miguel, con documento único de identidad número
[...], sustituida por el Licenciado GABRIEL FERNANDO ORTEGA BENITEZ, mayor de
edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel, con tarjeta de identificación de abogado
número: [...], como apoderado general judicial y especial de dicho señor, en contra de la Sociedad
“INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que se abrevia INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S.A DE C.V.”, de nacionalidad
salvadoreña, del domicilio de San Salvador, con Número de identificación Tributaria [...],
representada legalmente por su Directora Vicepresidenta señora SONIA ESMERALDA N. M.,
mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de San Salvador, departamento San Salvador,
y en el proceso representada por los Licenciados MARIO ERNESTO SANCHEZ
CHINCHILLA, mayor de edad, abogado, de este domicilio, con tarjeta de identificación de
abogado número [...], y RAFAEL ERNESTO MALDONADO SANABRIA, mayor de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de esta ciudad y de Metapán, con tarjeta de identificación de
abogado número: [...], en sus calidades de apoderados generales judiciales de la sociedad
demandada
2. El expediente ha sido clasificado en el Juzgado de lo Laboral de esta ciudad, de donde procede,
con la referencia No. 437-2017 (MM), y en esta Cámara con la referencia: L/#4/11-01-18.
3. Han intervenido en primera instancia ambas partes, en la forma relacionada en el numeral 1,
hasta el pronunciamiento de la sentencia, de la cual ha interpuesto recurso de apelación, el
Licenciado RAFAEL ERNESTO MALDONADO SANABRIA, quien únicamente ha
comparecido en esta instancia.
4. La presente sentencia es pronunciada por el Licenciado JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA

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