Sentencia Nº L-43-19-08-19 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 27-08-2019

Sentido del falloSentencia confirmatoria
Tipo de RecursoRECURSO DE REVISION
MateriaLABORAL
Fecha27 Agosto 2019
Número de sentenciaL-43-19-08-19
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO LABORAL, SAN MIGUEL
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
L-43-19-08-19
CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: San Miguel, a las
doce horas y quince minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil diecinueve.
1. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y DEL PROCESO.
1.1. Vista en revisión la sentencia definitiva, pronunciada por el señor Juez de lo
Laboral de esta ciudad, a las quince horas del día diecisiete de julio del año dos mil diecinueve;
en el proceso individual de trabajo, promovido por la Licenciada FATIMA ESPERANZA
GUZMAN GOMEZ, mayor de edad, Abogada, de este domicilio, con tarjeta de identificación
de abogada número: **********, defensora pública laboral, delegada en esta ciudad por la
señora Procuradora General de la República, en representación del trabajador señor CICM,
mayor de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: **********; contra el señor JLFV, mayor de edad, comerciante, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número: **********; propietario del establecimiento comercial
denominado “PRODUCTOS LACTEOS EL RODEO”, representado por su apoderada general
judicial, Licenciada GLORIA BEATRIZ REYES GUERRERO, mayor de edad, Abogada, y
de domicilio, con tarjeta de identificación de abogada número: **********; reclamándole
indemnización por el despido injusto de su trabajo, y demás prestaciones de ley.
1.2. El expediente ha sido clasificado en el tribunal de origen bajo la referencia: 150-
2019 (MM); y en esta Cámara con la referencia: L/#43/19-08-19.
1.3. Han intervenido en primera instancia, ambas partes, en la forma relacionada en el
numeral 1.1., hasta el pronunciamiento de la sentencia, de la cual ha interpuesto recurso de
apelación, la Licenciada GLORIA BEATRIZ REYES GUERRERO, y quien únicamente ha
comparecido en esta instancia.
1.4. La presente sentencia se pronuncia por el Licenciado JOSE SALOMON
ALVARENGA VASQUEZ, en calidad de Magistrado Presidente de esta Cámara, y por el
Licenciado AUGUSTO ANTONIO ROMERO BARRIOS, como segundo Magistrado de
Cámara en funciones.
LEIDOS LOS AUTOS.
2. ANTECEDENTES DE LOS HECHOS:
2.1. La Licenciada FATIMA ESPERANZA GUZMAN GOMEZ, defensora pública
laboral, delegada en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República, y en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR