Sentencia Nº U-032-02-19 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 02-04-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan
Fecha02 Abril 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaU-032-02-19
Delito Conducción peligrosa de vehículo de motor
U-032-02-19
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Usulután, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del
día dos de abril de dos mil diecinueve.
Causa penal número U-032-02-19 seguida contra CWRA, de cincuenta y cuatro años de edad,
motorista y mecánico automotriz, acompañado con **********, domiciliado en **********,
residente en **********, originario del municipio y departamento de San Salvador, nacido el día
dieciocho de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, hijo de ********** y de **********,
datos de identificación que han sido proporcionados por el procesado, los cuales no han sido
confrontados con su Documento Único de Identidad, por no portarlo, pero aparece en las
diligencias administrativas que le corresponde el número: ********** (**********); procesado
por el delito de CONDUCCIÓN PELIGROSA DE VEHÍCULO DE MOTOR, previsto y
sancionado en el Arts. 147-E del Código Penal, en perjuicio de la VIDA E INTEGRIDAD
FÍSICA. Audiencia de vista pública bajo la formalidad de procedimiento abreviado, presidida
por el Juez Hugo Noé García Guevara. Han intervenido en el juicio, como representante del señor
Fiscal General de la República, el Licenciado Earnie Israel Gómez Schonemberg, y como
Defensores Particulares del acusado, los Licenciados Ricardo Alberto Miranda y Hugo Alberto
Avalos Canjura.
RESULTANDO:
I. Que la Fiscalía, presentó acusación contra el acusado por los siguientes hechos: a las diecisiete
horas con diez minutos del día quince de junio de dos mil dieciocho (17:10/15/07/2018), en
momento que el imputado se conducía en el vehículo placas ********** (P **********), sobre
el desvió a la ciudad de Jiquilisco por el Lubricentro Jiquilisco, por la imprudencia de conducir
bajo los efecto de bebidas embriagantes, por no conducir con la debida precaución al momento de
conducir el vehículo y al no ir atento al movimiento peatonal en momentos que circulaba en los
rumbos de sur a norte sobre la calle principal a Jiquilisco, al efectuar una maniobra de
adelantamiento a otro vehículo que circulaba por el mismo rumbo, atropello a la señora JCMDA,
y a sus hijas **********, ********** y **********, quienes caminaban de sur a norte, y al
costado poniente, sobre la calle en mención, colisionando con la parte frontal de su vehículo en la
parte central lateral derecha, de un segundo vehículo tipo automóvil placas **********
(**********), conducido por SARV, quien circulaba de reversa de poniente a oriente, saliendo
del Lubricentro; siendo observado todo por el señor OAGA, por lo que los Agentes JEAR y

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