Sentencia Nº U-045-03-19 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 23-04-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan
Fecha23 Abril 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaU-045-03-19
Delito Lesiones graves agravadas
U-045-03-19
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Usulután, a las ocho horas con treinta minutos del día veintitrés
de abril de dos mil diecinueve.
Causa penal número U-045-03-19 seguida contra JMBM, alias “El CH*** o C***, de veinte
años de edad, soltero, panificador, originario y domiciliado en **********, con residencia en
**********, nacido el día veinticinco de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, hijo de
********** y de **********, datos de identificación que han sido proporcionados por el
imputado y no han sido confrontados con su Documento Único de Identidad por no portarlos,
pero aparece en las actuaciones que le corresponde el número: ********** (**********);
procesado por el delito de HOMICIDIO SIMPLE IMPERFECTO, previsto y sancionado en
los Art. 128 en relación con los Art. 24 y 68, todos del Código Penal, en perjuicio de la vida e
integridad personal de la víctima identificada con la clave "PUERTO VALLARTA". Audiencia,
presidida por el Juez Hugo Noé García Guevara. Han intervenido ante este Tribunal, en la
audiencia de vista pública, como representantes del señor Fiscal General de la República el
Licenciado David Arnoldo Rodríguez Moreno, y como Defensor Público del acusado el
Licenciado Andrés Mena Escobar.
RESULTANDO:
Que la Fiscalía presento acusación contra los imputados por los hechos siguientes: Como a las
diez horas con treinta minutos de la noche del día veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho
(10:30pm/21/09/2018) en momentos que la víctima se encontraba en su casa de habitación; de
repente escucho que tocaron la puerta, luego se asomó a la ventana para ver de quien se trataba, y
observo que era un sujeto al que conoce como JMB, quien es como de unos veintidós años de
edad, delgado, estatura mediana y piel trigueño, quien reside en **********; ante ello la victima
abrió la puerta para ver que quería, pero este entro a la casa y se quitó la camiseta, y le pudo
observar un tatuaje, siendo este un numero dieciocho en la espalda, más otros que tiene
tatuados en los hombros, no recordando con exactitud la forma; luego el imputado, le pidió agua
para beber, pero al tratar de darle agua este sujeto se dio la vuelta y agarro a la víctima por detrás
y trataba de tocarle su glúteos y otras partes de su cuerpo, acción de la que no estaba de acuerdo
por lo que evito la situación; después el imputado se enojó y le dijo que mejor le prestara el
baño, indicándole la victima donde estaba; después de salir del baño el imputado se fue a lavar
las manos y cuando paso por la cocina observo que tomo algo de allí, no percatándose en si de lo

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