Haya de la Torre

Fecha de publicación18 Abril 2024
José Enrique Argumedo
Exmagistrado de la Sala de lo Constitucional
Cinco años, 2 meses y 19 días permaneció Víctor Raúl Haya de la Torre asilado en la embajada de Colombia en Perú. El 3 de enero de 1949 ingresó a la sede diplomática colombiana solicitando asilo pues se había iniciado proceso en su contra acusado de ser líder de un frustrado movimiento golpista. Colombia aceptó concederle el asilo y al día siguiente solicitó el salvoconducto para que pudiera salir fuera del país. Perú se negó a concederlo. Colombia decidió llevar el caso a conocimiento de la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya, Países Bajos. (Haya el apellido del asilado y Haya la sede del Tribunal). Fue el derecho el camino escogido para resolver el problema y no la fuerza como así lo requiere un mundo civilizado.
Colombia calificó como perseguido político a Haya de la Torre, de ahí la concesión del asilo, lo cual Perú rechazaba, negando el derecho establecido al país asilante para calificarlo unilateralmente, porque Perú no había ratificado la Convención de Montevideo que lo permitía. Los tratados internacionales que se refieren al derecho de asilo en América Latina son la Convención de La Habana de 1928, la de Montevideo de 1933 y la de Caracas de 1954, debiendo tomarse en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU de 1948 que "en caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país", aclarando que ese derecho no puede ser invocado en caso de delitos comunes.
La Corte resolvió el caso el 20 de noviembre de 1950, favoreciendo a Colombia en lo esencial, aunque sin concederle la razón en algunos puntos de la demanda. La sentencia fue criticada por falta de claridad, no dejando satisfechas a las partes ni a los observadores, tanto que Colombia solicitó...

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