El Estado que tortura

Centro de Estudios JurídicosPor el Imperio del DerechoEl Régimen de Excepción en el que nos encontramos, adoptado inconstitucionalmente en el país, no solo ha provocado violaciones a las garantías judiciales del debido proceso sino también ha facilitado actos violatorios a la integridad física y moral de las personas detenidas, derechos fundamentales contemplados en el artículo 2 de la Constitución.Tal y como lo reflejaron organizaciones internacionales y locales en sus informes, sí se han podido documentar casos de malos tratos y tortura en los centros de detención, así como las condiciones extremas de hacinamiento. Asimismo, también la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en un comunicado, alertó al Estado de El Salvador sobre su obligación de asegurar las garantías judiciales, el debido proceso y el acceso a un recurso para el respeto a los derechos y libertades cuya suspensión no está autorizada por el derecho internacional de los derechos humanos. También expresó su preocupación por las deplorables condiciones en las que se encuentran los detenidos -agravadas por el Régimen de Excepción- y se pronunció sobre las muertes que han tenido lugar en los centros penitenciarios. La CIDH señaló que los Estados son garantes de los derechos de las personas privadas de libertad y tienen el deber jurídico ineludible de realizar acciones concretas para garantizar la vida, salud e integridad de todas las personas que se encuentran bajo su custodia.Ya la jurisprudencia constitucional había hecho alusión a la prohibición de recibir tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, caracterizados todos por ser actos mediante los cuales se inflige intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos físicos o mentales, diferenciados unos de otros por su gravedad, la cual encuentra su nivel máximo en la tortura. Asimismo, en los tratos inhumanos o degradantes también existe un componente de humillación o...

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