Sentencia nº P1401-32-2005 de Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque, 20 de Julio de 2005

Fecha de Resolución20 de Julio de 2005
EmisorTribunal de Sentencia de Sensuntepeque
Número de SentenciaP1401-32-2005

1401-32-2005

TRIBUNAL DE SENTENCIA: Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las dieciséis horas del día veinte de julio del año dos mil cinco.

Visto en juicio oral el proceso penal número 43-05-2, seguido en contra del acusado A.M.A.G., de cuarenta y un años de edad, soltero, motorista, residente en Reparto las Cañas Uno, Block A, C.P., Casa No. 344, Ilopango, S.S.; a quien se le procesa por los delitos de: 1) HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 128, 129 No, 3, del Código Penal, en perjuicio de la humanidad del menor ++++++++++++++++++, teniendo calidad de ofendidos los señores REINA MARIA PEÑA y JOHEL O.L.A.; 2) TENENCIA, PORTACION O CONDUCCION ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 346-B del Código Penal, en perjuicio de la PAZ PUBLICA;3) RESISTENCIA, previsto y sancionado en el artículo 337 del Código Penal, en perjuicio de la ADMINISTRACION PUBLICA; y 4) AMENAZAS CON AGRAVACION ESPECIAL, previsto y sancionado en el artículo 154 y 155 del Código Penal, en perjuicio del señor H.R.R.A..

La Vista Pública fue del conocimiento del Tribunal de Sentencia en Pleno, integrado por los Licenciados: J.A.F., N. delC.B.D. y N.V.J., siendo dirigida por la Juez presidenta, L.V.J., de acuerdo a lo establecido en el Artículo 53 No 1 y 11 y 336 del Código Procesal Penal; interviniendo como partes: Los Licenciado O.A.C. y G.M.B.Q., en calidad de Agentes Auxiliares del señor F. General de la República y como defensor público del acusado, el L.H.B.F.A..

RELACION DE LOS HECHOS

"Que a las veinte horas con veintitrés minutos del día diecinueve de enero del corriente año, sobre la primera calle poniente, donde se encuentra ubicado el mercado municipal de la ciudad de Ilobasco, en las cercanías del calzado Cartagena, se encontraba el cabo H.A., juntamente con dos agentes que patrullaban dicha zona; en dicho lugar y hora interceptaron a un sujeto que manipulaba un arma de fuego (pistola), a quien se le ordenó que se detuviera, no obstante la orden, el sujeto decidió hacer otra cosa, entonces encañonó al agente H.A., sacando otra arma de fuego, es decir que en ese momento se pudo observar que dicho sujeto portaba dos armas de fuego, manifestando al policía "Aquí nos vamos a matar", dándose a la fuga por el interior del mercado, al lugar conocido como La Ceibita, en ese instante el agente coordinó por medio de radio policial, apoyo al equipo número Catorce Diez, que se encontraba cerca del lugar y cuando transitaban por la quinta calle poniente, un señor que se conducía a bordo de un vehículo les manifestó que había observado a un sujeto que iba corriendo con una arma en cada mano, de inmediato los agentes policiales a bordo del patrulla, se dirigieron al lugar indicado, pudiendo observar que en la intersección de la quinta calle poniente y calle a la Presa Cinco de Noviembre, a un sujeto que iba corriendo cargando en cada mano un arma de fuego, continuando con la persecución sin perderlo de vista, los agentes vieron cuando el sujeto se introdujo al primer pasaje de la colonia El Siete, fue entonces que los agentes se bajaron del vehículo y continuaron la persecución a pie, llegando cerca del sujeto armado, dándole los "comandos verbales" es decir que le ordenaron que se detuviera y que botara las armas; en ese momento el sujeto se detuvo dándose la vuelta en dirección a los policías y empezó a disparara hacia ellos, éstos se lanzaron al suelo para evitar ser lesionados, produciéndose un intercambio de disparos y levantándose una polvareda. En le referido lugar se encontraban varios niños jugando, de los cuales se identificaron a los menores *****************, de tres años, J.L., de siete años, ambos de apellido **************+, y ************, de dos años de edad, además de ellos estaban en el lugar las señoras J.A.H. y el señor J.A.C.H., padres de la menor ******************.

La información revela que el sujeto armado en dicho lugar se detuvo por primera vez, manifestando que "Primero iba a disparar hacia el grupo de niños que estaban jugando y luego hacia los policías", por lo que efectivamente así lo hizo, dijo un testigo que fue en ese momento que una de las armas del sujeto se le "encasquilló", se dio la vuelta y disparó hacia los menores, de esta acción resultó fallecido el menor ****************, quien presentó cuatro orificios de disparo de arma de fuego, ubicados en la región lumbar, según informe preliminar del médico forense, Dr. O.R.A., el resto de los niños se tiró al suelo y luego salieron corriendo para buscar refugio, pero el menor fallecido se dio la vuelta y fue en ese momento que le hicieron impacto los disparos.

Cuando la señora R.P., madre del fallecido escuchó los disparos, corrió en dirección donde estaban sus hijos, y cuando recogió al menor fallecido ella le pregunto ¿QUE TE PASO MI AMOR?. A lo que el niño pudo decirle "MAMI EL HOMBRE......" Y SEÑALO AL SUJETO, refiriéndose al hombre armado que había pasado cerca de ellos, entonces la señora lo recogió, lo revisó del cuerpo y pudo ver las lesiones que tenía, llevándoselo de inmediato al Hospital Nacional de esta ciudad, donde falleció posteriormente. En el lugar donde se lesiono al menor se encontró un arma de fuego tirada en el suelo tipo pistola marca Colt, serie número 2770182C, calibre 45 mm., con cacha de madera color café y deteriorada, del lado izquierdo por no encontrarse esta parte de la cacha. El informe pericial revela que la referida arma era un de las que llevaba el ahora imputado, asimismo el dicho de los testigos que se encontraban en el lugar.

Al ver lo sucedido el sujeto armado, siguió huyendo de la persecución de la policía, dirigiéndose al pasaje dos de la misma colonia El Siete, después de correr cien metros aproximadamente se le dio alcance ordenándole que botara las armas, pero éste seguía sin obedecer y siguió percutiendo una arma de fuego varias veces en dirección de los policías pero nuevamente ya no le disparó, es decir se le "encasquillo" una de ellas, por lo que nuevamente le ordenaron que botara el arma y que se tendiera en el suelo; enseguida los agentes policiales procedieron a la captura del sujeto.

Al momento de su captura el sujeto fue identificado por medio de Documento Unico a nombre de ANGEL AMRINO ARGUETA GUERRA, por medio de los agentes policiales S. inspector E.V.G. y J.A.C.F., además presentaba una lesión en la mano izquierda y de inmediato se procedió a trasladarlo al Hospital Nacional de esta ciudad. Se le decomisó al momento de su captura una arma tipo pistola calibre 9mm, marca Brownings, sin número de serie superficial, pavón negro deteriorado y un cargador alojado en el arma con cartuchos, con manchas de sangre.

Como acto de investigación urgente se solicitó mediante oficio dirigido a la División de Armas y explosivos de la Policía Nacional Civil, informe sobre algún tipo de autorización portación de arma de fuego por parte del detenido, el informe remitido a la sede fiscal revela que el señor A.M.A.G., no tiene ninguna arma de fuego registrada".

CONSIDERANDO

Los suscritos Jueces sometieron todos los puntos a su conocimiento y en aplicación de las reglas de la sana critica valoraron la prueba incorporada en la Vista Pública, que a continuación se detalla:

PRUEBA OFERTADA POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL A.- PRUEBA PERICIAL 1.- Reconocimiento médico legal de cadáver realizado a la una hora con cincuenta minutos del día veinte de enero del corriente año, en la Morgue del Hospital Nacional de Ilobasco, practicado al menor *********************+, por el médico forense, doctor O.R.A., agregado a fs, 130-132 del expediente judicial.

  1. - Autopsia realizada en el cadáver de **********************, por la Dra. M. de los A.D.R., a las diez horas con treinta minutos del día veinte de enero del año dos mil cinco, en la Morgue del Hospital Nacional de Ilobasco, donde consta: Evidencias de Trauma reciente: Distribución anatomatopográfica: I) Herida pro proyectiles disparados con arma de fuego en: A) Región Epigástrica derecha, con orificio de entrada propiamente dicho de cero punto cinco centímetros de diámetro, Anillo contuso-erosivo simétrico, bordes regulares e invertidos, sin tatuaje de pólvora o ahumamiento, a treinta y cuatro centímetros del tope de la cabeza y cuatro punto cinco centímetros de la línea media. Con orificio de salida en región lumbar línea media, de uno punto cinco por un centímetro de longitud, bordes irregulares y evertidos, a cuarenta y un centímetro de tope de la cabeza sobre la línea media; B.F. derecho, con orificio de entrada propiamente dicho de dos por uno punto ocho centímetros de longitud, con protrusión de intestino delgado, anillo contuso-erosivo asimétrico entre las siete y una de la carátula del reloj, bordes regulares e invertidos. Sin tatuaje de pólvora o ahumamiento a treinta y nueve centímetros del tope de la cabeza y nueve centímetros de la línea media. Con orificio de salida en región lumbar derecha, de dos por un centímetro de longitud, bordes irregulares y evertidos, a cuarenta y cinco centímetros del tope de la cabeza y cuatro centímetros de la línea médica. El examen físico revela que sufre dos impactos de bala en el abdomen, uno de ellos daña órganos internos de vital importancia produciendo abundante sangramiento y llevándolo a la muerte. Siendo la trayectoria de los proyectiles: A) con orificio de entrada en región epigástrica derecha, dirigiéndose de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo, de derecha a izquierda, atravesando piel, tejido celular subcutáneo, músculo recto abdominal derecho, fractura séptima costilla anterior derecha, peritoneo, lóbulo derecho del hígado, retroperitoneo, hilio renal derecho, arteria y vena renal derecha, perfora vena cava inferior y arteria aorta abdominal, fractura segunda vértebra lumbar, medula espinal a este nivel, músculo espinal línea media, músculo dorsal ancho línea media, tejido celular subcutáneo y piel; B) Con orificio de entrada en flanco derecho, dirigiéndose de...

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