Sentencia nº INC-186-14 de Cámara Tercera de Lo Penal de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 12 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorCámara Tercera de Lo Penal de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de SentenciaINC-186-14
Sentido del FalloTenencia, Portación o conducción Ilegal o Irresponsable de Armas de Fuego
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tribunal de OrigenJuzgado Primero de Paz de Soyapango

186-14

CÁMARA TERCERA DE LO PENAL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO, SAN SALVADOR a las catorce horas del día doce de noviembre de dos mil catorce.-

Por recibido el oficio número 3472-11-2014(2), mediante conducto oficial a las doce horas del día diez de los corrientes, procedente del Juzgado Primero de Paz de Soyapango, de fecha diez de noviembre del año en curso, mediante el cual se remiten 122 folios útiles en copias certificadas, repartidos en una pieza, en referencia al proceso penal marcado bajo el número de referencia 7399-14-SOY-PNPS-1PA1, instruido en contra del imputado GERARDO OMAR L.

L., quien es de las siguientes generales: de [...] años de edad, soltero, soldador, de nacionalidad salvadoreña, con fecha de nacimiento el día [...], residente en [...], hijo de [...] y [...]; procesado y condenado por la comisión del delito de TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMA DE FUEGO; previsto y sancionado en el art. 346-B del Código Penal, en perjuicio de la PAZ PÚBLICA; con el objeto que se resuelva el recurso de Apelación interpuesto por los L.A.A.S. MARIN y G.D.J.C.R., en su calidad de defensores particulares del referido imputado, a quien en Sentencia Definitiva, de doce horas del día seis de octubre del año dos mil catorce, pronunciada por el Juzgado Primero de Paz de Soyapango, de forma unipersonal por la Licenciada A.C.O.R., se le CONDENÓ, A LA PENA PRINCIPAL DE CINCO AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito atribuido, así como a la pérdida de los derechos de ciudadano, e incapacidad para obtener toda clase de empleos públicos mientras perdure la pena principal; por otro lado, se le ABSOLVIÓ por la responsabilidad civil derivada del delito y costas procesales.

  1. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD:

    En cuanto a la admisibilidad del Recurso de Apelación, el Código Procesal Penal vigente innovó la implementación de una apelación contra sentencias definitivas, planteando una serie de requisitos de procesabilidad para la fundamentación del mismo, que se detallan precisamente en los arts. 468 y siguientes del Código Procesal Penal, Capítulo II que establece la APELACIÓN CONTRA LAS SENTENCIAS. Dentro de ese capítulo, el artículo 469 Pr. Pn. establece que para el caso de las sentencias definitivas, el recurso de apelación procederá solamente cuando la parte que lo interpone, alegue inobservancia o errónea aplicación de un precepto legal, en cuanto a cuestiones de hecho o de derecho, debiendo citar las disposiciones legales que se consideren inobservadas o erróneamente aplicadas, debiendo expresar cual es la solución que se pretende; así mismo, deberá indicarse separadamente cada motivo con sus fundamentos, tal como lo establece el Art. 470 inciso primero y segundo Pr. Pn.; requisitos indispensables para la...

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