Sentencia nº 84-14-3 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Miguel, 20 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2014
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Miguel
Número de Sentencia84-14-3
Sentido del FalloLesiones Robo Agravado

84-14-3 TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA; S. M., a las dieciocho horas veintitrés minutos del día veinte de agosto de dos mil catorce. Visto el Juicio Oral iniciado y finalizado este día, en la causa penal clasificada en este tribunal con número de referencia 84/14-3 instruida en contra de los acusados detenidos: A) C.A.G.B., quien nació en ésta ciudad el uno de agosto de mil novecientos noventa y cinco, actualmente de diecinueve años de edad, enderezador y pintor, oficio por el cual devenga la cantidad de ciento veinte dólares quincenales, residente en Colonia Nueva Belén, pasaje principal, casa número [...] de ésta ciudad, actualmente acompañado con [...], hijo de [...] y de [...]; B) A.A.C.A., quien nació en Santa Tecla, La Libertad, el veinte de agosto de mil novecientos noventa y cinco, actualmente de diecinueve años de edad, estudiante de segundo año de bachillerato, residente en Colonia Santa Emilia [...] de ésta ciudad, actualmente soltero, hijo de [...] y de [...]; C) D.A.P.M., quien nació en ésta ciudad el día nueve de octubre de mil novecientos noventa y tres, actualmente de veintiún años de edad, enderezador y pintor, oficio por el cual devenga cincuenta dólares cada quince días, además estudiante de tercer año de bachillerato automotriz, residente en Colonia La Presita [...] pasaje Las Azucenas, casa número [...] de ésta ciudad, actualmente soltero, hijo de [...] y de [...]; y D) JOSÉ GILBERTO CH. T., quien nació en ésta ciudad el veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y tres, actualmente de veinte años de edad, jornalero, oficio por el cual devenga la cantidad de cincuenta dólares a la semana, residente en Colonia El Tesoro a la par de la iglesia de la Luz del Mundo de ésta ciudad, actualmente acompañado con [...], hijo de [...] y de [...]; a quienes se les atribuyó la comisión de los delitos calificados provisionalmente como: HOMICIDIO SIMPLE IMPERFECTO, pero tal como se dejará constancia éste tribunal conoce de forma definitiva por la comisión del delito de LESIONES, previsto y sancionado en el artículo 142 del Código Penal, en perjuicio de LA VÍCTIMA CLAVE 277 y ROBO AGRAVADO, hecho previsto y sancionado en el artículo 212 en relación con el 213 numerales 2 y 3 del Código Penal, en perjuicio de LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR. Han intervenido como partes en el Juicio en representación del F. General de la República, las Agentes Auxiliares del F. General de la República, L.E.J.H.T. y M.E.F. DE CABALLERO; y como Defensores Particulares los L.E.B.C.R. y J.A.S. MORALES como defensores particulares de J.G.C.. T.; L.B.A.G. y C.A.D.H., como defensores particulares de D.A.P.M. y L.J.I.S.I., como defensor público de A.A.C.A. y C.A.G.B.. Conforme a lo prescrito en el artículo 53 del Código Procesal Penal, el presente proceso fue sometido al conocimiento de este Tribunal en forma unipersonal, por el señor J.J.F.A.F., acompañada de su Secretaria de Actuaciones la L.enciada L.P.A.D.V.. El presente proceso se inició mediante requerimiento fiscal presentado en el Juzgado Tercero de Paz de ésta ciudad, el día dos de septiembre de dos mil trece, celebrando audiencia inicial el día cinco de septiembre de dos mil trece, en donde se ordena la instrucción del proceso, el cual se remite al Juzgado Tercero de Instrucción de ésta ciudad, en donde con fecha dieciséis de mayo de dos mil catorce, dictan Auto de Apertura a Juicio y remiten el expediente judicial a este tribunal quien celebró el correspondiente Juicio Oral. I- ENUNCIACIÓN DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO. La fijación del objeto del debate se establece en la Acusación y Auto de Apertura a Juicio en los términos siguientes:

"El presente expediente se apertura en sede fiscal por medio de acta de remisión policial efectuada el día treinta y uno de agosto del año dos mil trece, ya que es el caso que a las once horas el agente policial y victima clave 277 se dirigía a su lugar de residencia, para luego trasladarse a las doce horas de ese día a recibir turno laboral al puesto policial Nueva Belén de esta ciudad de S.M., mientras iba transitando sobre la calle, le salieron al paso entre seis y siete sujetos, los cuales observo que salieron de una vivienda pintada de color celeste que esta contiguo a la tienda de nombre "MARTA", por lo que en ese momento todos los sujetos portaban armas de fuego tipo revolver ya que con ellas le apuntaban, por lo que uno de estos sujetos le pregunto que si era de las maras, la victima respondió que no, seguidamente estos mismos sujetos comenzaron a cuestionarlo "que si andaba tatuajes", y le decían "que se quitara la camisa", luego de esto comenzaron a agredir y golpear físicamente a la víctima, también uno de los sujetos tomo del cuello a la víctima, sujetándolo con la mano izquierda, y con la otra mano sostenía el revólver, y comenzaba a apuntarle, ante ello comenzó a forcejear la víctima con dicho sujeto, pero al observar dicha situación los demás sujetos se metieron y continuaron golpeando a la víctima, seguidamente entre todos los sujetos querían introducir a la víctima a la casa antes referida y decían entre ellos metámoslo y mátenlo, por lo que la víctima al oír eso comenzó a defenderse con todas sus fuerzas para que no lo ingresarán a la casa, logrando a como pudo escaparse, y llego al puesto policial de la colonia Belén antes mencionada, y en el trayecto escucho una detonación, pero la víctima no observo si le disparaban a él, ya que su angustia era tratar de escapar, asimismo en dicho forcejeo los sujetos le robaron a la víctima una mochila que en su interior portaba un arma de fuego de equipo propiedad de la PNC la cual es de las características siguientes: MARCA [...] calibre nueve milímetros de color negro, asimismo, un pantalón color negro, y copia de los documentos personales (DUI Y NIT), de la víctima. Por otra parte la victima distingue en su denuncia por las características físicas y vestimenta a los sujetos que le robaron, los cuales se detallan a continuación: el primer sujeto: el cual fue quien agarro del cuello a la víctima y le apunta con un arma de fuego, este vestía una camiseta color gris, pantalón jeans color negro, zapatos tenis blancos, sin gorra, siendo este de complexión fornida, color de piel moreno, estatura como de un metro sesenta y cinco centímetros aproximadamente, cabello liso poco recortado; el segundo: vestía pantalón jeans color negro, camisa de cuello color morada de complexión delgado, color de piel moreno de estatura como de un metro sesenta centímetros aproximadamente; el tercero: vestía una camisa tipo suéter color gris, y calzoneta color negro, siendo este de complexión algo fornida, color de piel morena, estatura de un metro sesenta centímetros aproximadamente; el cuarto: vestía una camisa a rayas de color azul y blanco, pantalón jeans color negro, siendo de complexión fornido, cabello parado y color de piel trigueño, de un metro con sesenta centímetros de estatura aproximadamente; el quinto: vestía una camisa color azul y pantalón color negro, siendo de complexión fornida, color de piel moreno; estatura de un metro con sesenta centímetros aproximadamente; el sexto sujeto: vestía de camiseta color azul con rojo, con un logotipo del Barcelona, short de color azul tipo jeans, siendo de complexión delgada, piel color blanca, de estatura baja; el séptimo: el cual vestía de camisa color blanca, short de tela a rayas y cuadros de color blanco, azul y café, siendo este de complexión delgada; color de piel morena, de un metro sesenta y cinco centímetros de estatura aproximadamente, agregando la victima que luego de los hechos todos los sujetos salieron huyendo, unos se introdujeron a la vivienda de donde habían salido, y otros salieron con rumbo hacia el rio y otros rumbo al parque, por lo que la víctima aseguraba que podría reconocer a dichos sujetos al presentárselos nuevamente. En virtud de lo anterior a eso de las doce horas con diez minutos siempre del mismo día relacionado los agentes: [...], [...], [...], [...], [...] [...] y [...]; de la Unidad de Emergencias nueve once y Fuerza Móvil de la Sub Delegación de S.M., en momentos que realizaban su patrullaje por su sector de responsabilidad, fueron informados por vía radial que un compañero destacado en el Puesto Policial Nueva Belén necesitaba de su apoyo, manifestándoles además que en la Colonia Nueva Belén de S.M. unos sujetos habían asaltado a un compañero, por lo que llegando al lugar se les apersona la victima clave 277, quien nuevamente les narra los hechos, así mismo, les expreso que los sujetos le habían robado sus pertenencias personales y el arma de fuego de la policía antes descrita, asimismo le enseño la vivienda donde había ingresado tales sujetos, la cual se encontraba con las puertas abiertas y ninguna persona en su interior, observándose a simple vista unos casquillos y munición para arma de fuego, por lo que dichos agentes procedieron inmediatamente a un rastreo en la zona, ubicándose a tres sujetos de los que habían cometido el delito de robo, los cuales estaban al costado norte del parque de la colonia Nueva Belén de la ciudad de S.M., a los cuales se les realizo un registro, pero no se les encontró nada ilícito, sin embargo fueron reconocidos por la victima clave 277, quien los señalo como parte de los sujetos que momentos antes le habían robado las pertenencias relacionadas, por lo que en ese momento se procedió a la detención de dichos sujetos a quienes se identificó con los nombres de C.A.G.B., A.A.C.A.Y.D.A.P.M., a quienes se le explico el motivo de su detención, y los derechos y garantías que se les confiérela Constitución y demás leyes secundarias, aclarándose que durante el procedimiento también se localizaron dos menores de edad, quienes fueron puestos a disposición de las autoridades correspondientes. Posteriormente con fecha dieciocho de Septiembre del año dos mil trece a eso de las diecinueve horas los agentes [...], [...] y [...], de la unidad de Emergencias del...

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