Sentencia nº L-61-06-10-15 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 22 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaL-61-06-10-15
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso Individual de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Laboral, San Miguel

L-61-06-10-15

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las once horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós de octubre del año dos mil quince.- 1 El recurso de apelación ha sido interpuesto en el PROCESO INDIVIDUAL DE TRABAJO, promovido por la licenciada T.L.G.M., mayor de edad, abogada, de este domicilio, defensora pública laboral, delegada en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República; en representación del trabajador MARIO M.O., mayor de edad, jornalero, del domicilio de [...]; contra la sociedad "COMPAÑÍA SALVADOREÑA DE SEGURIDAD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "COSASE, S.A. DE C.V.", del domicilio de [...], representada legalmente por su Director Presidente, señor G.H.B., mayor de edad, ingeniero civil, del domicilio de [...]; y en el proceso por su apoderado general judicial, administrativo y especial, licenciado E.A.R.M., mayor de edad, abogado, del domicilio de [...]; reclamándole indemnización por el despido injusto de su trabajo y demás prestaciones de ley;

2 El expediente del proceso ha sido clasificado en el juzgado de su procedencia con la referencia Nº 373/2015(PL); y en esta Cámara bajo la referencia L./#61/06-10-15.-

3 Tal recurso fue interpuesto por la licenciada T.L.G.M., de las generales y en el concepto antes mencionados; de la sentencia definitiva, pronunciada por el señor Juez de lo Laboral de este distrito, a las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de septiembre del presente año; en cuya parte resolutiva de la sentencia, recurrida en apelación, DICE: """""A) DECLÀRASE SIN LUGAR, la excepción alegada por, el licenciado E.A.R.M., contenida en la causal 12, del articulo 50 CT. B) ABSUÈLVESE, a la sociedad COMPAÑÍA SALVADOREÑA DE SEGURIDAD, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia COSASE, S.A. DE C.V., representada legalmente por el señor G.H.B., de las acciones incoadas en la demanda de folios 1, por la licenciada T.L.G.M., en su calidad de representante laboral del trabajador señor MARIO

M.O.N..- """"

4 Intervinieron en primera instancia ambas partes, al igual que en esta.-

5 La licenciada T.L.G.M., en la demanda de fs. 1 de la pieza principal, manifestó: """"---PARTE EXPOSITIVA --- En mi calidad de Defensora Pública Laboral, vengo a promover Juicio Individual Ordinario de Trabajo en nombre y representación del Trabajador MARIO M. O. de [...] años de edad, Casado, J., de nacionalidad S. y del domicilio de [...], con Documento Único de Identidad número [...], en contra de la Sociedad COSASE, S.A. DE C.V. del domicilio de [...], representada legalmente por el señor S.C.P., mayor de edad y del domicilio de [...], pudiendo ser citada, notificada y emplazada dicha sociedad [...], lugar donde habitualmente atiende sus negocios la demandada, para reclamarle prestaciones laborales. --- RELACIÓN DE TRABAJO --- Mi representado ingresó a laborar para las órdenes de la Sociedad demandada mediante contrato verbal de trabajo el día TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, con el...

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