Sentencia nº 445-P-15 de Cámara de la Cuarta Sección del Centro, Santa Tecla, Cámaras de Apelaciones, 16 de Junio de 2016

Fecha de Resolución16 de Junio de 2016
EmisorCámara de la Cuarta Sección del Centro, Santa Tecla
Número de Sentencia445-P-15
Sentido del FalloAgresión sexual en menor e incapaz
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tribunal de OrigenTribunal de Sentencia de Santa Tecla

445-P-15

CÁMARA DE LA CUARTA SECCIÓN DEL CENTRO; SANTA TECLA, a las diez horas con treinta y seis minutos del día dieciséis de junio de dos mil dieciséis.

Por recibido el día nueve de diciembre de dos mil quince, el oficio N° 7377, firmado por la señora Juez de Sentencia de esta ciudad, Licenciada V.A.M., por medio del cual y constando de doscientos veintiocho folios, remite el proceso penal instruido en contra del imputado C.M.F., procesado por el delito de AGRESIÓN SEXUAL EN MENOR E INCAPAZ, previsto y sancionado en el Artículo 161 CP; en perjuicio de la menor [...], representada legalmente por su madre [...].

Remisión realizada a fin de que esta Cámara resuelva el recurso de apelación interpuesto por el Abogado I.A.G.S., en su calidad de defensor particular del imputado C.M.F., en contra de la Sentencia Condenatoria, pronunciada por la señora Juez del Tribunal de Sentencia de esta ciudad, Licenciada V.A.M., a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil quince.

  1. CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN

    En la sentencia definitiva pronunciada consta lo siguiente: "...el delito de agresión sexual en menor incapaz fue calificado como tal en virtud de que la menor al momento de sufrir los hechos antes mencionados, contaba con la edad de nueve años de edad... no hay ninguna agravante a la conducta antes señalada, más que la agravante propia de la edad, en ese sentido la valoración de la prueba que ha consistido en la pericial definida como Reconocimiento de Genitales... que ha sido estipulada por ambas partes y que en su contenido manifiesta que no hay ningún elemento que pueda ser de utilidad para sostener ni la responsabilidad penal del acusado o exonerarlo del mismo, me llamó la atención cuando la defensa manifestó que la menor se le había dictaminado que en la vulva, en sus labios menores se encontraba una cantidad de arena y que quizás por eso había tenido algún problema, pero el reconocimiento médico legal de genitales establece que sí había una cantidad de arena pero que la niña no presentaba ninguna evidencia en sus órganos genitales que pudiera acreditarse con ella que había sido tocada, violada, agredida, puesto que el himen que ella presenta es anular íntegro y no hay ninguna evidencia alrededor de su cuerpo. Igualmente hemos contado con la declaración de la menor, la señora [...]... Consecuentemente a la señora no le consta lo que sucedió, sin embargo hemos

    tenido las declaraciones de D.A.C.H., y de la víctima que es [...], he escuchado la última palabra del señor acusado, última palabra que sus abogados pudieron haberle manifestado que si rinde declaración indagatoria, que debe respaldarse con algún documento como la declaración pero la última palabra no es prueba debido a la falta e (sic) contradiciendo de las partes as (sic) sin embargo he escuchado que es consecuente con D. A.... Advierte entonces el psicólogo de que la niña [...] no es la primera vez que trató de ser agredida, sino que fue agredida anteriormente, sufrió un acto traumático para ella, puesto que demostró todos los síntomas, las secuelas propias que deja a un menor, ya que su padrastro, establece el nombre de la persona, fue quien la agredió también y que intentó introducirle el pene, eso motiva para que ella manifieste que C. le decía si otro te lo metió yo también te lo voy a meter, el psicólogo que en la primer agresión que ella tuvo demostró ansiedad, insomnio y las características propias del abuso sexual, que esa agresión fue tan fuerte que la traumó por un tiempo a la niña, que el método que había utilizado C., la otra persona que trata de agredirla igualmente fue la de ganarse la confianza de ella, de ofrecerle un premio de remuneración, para que ella no sintiera temor a lo que iba a sucederle y paciencia dentro de todo el contexto de la agresión que se dio, ella igualmente como lo manifestó aquí, fue agredida por C. en dos ocasiones, ella en la Cámara Gesell manifestó que la primera agresión que manifestó por el acusado no pasó nada, solo me toco porque ahí estaba mi mamá, pero que en la segunda es cuando solo se encuentra D. que suceden estas circunstancias, que D. dice incluso la empuja dentro del cuarto, que C. que le ofreció diez dólares dice en su declaración, otros diez dólares pero que no se lo dio a ella, que se los dio a D., manifestó igualmente que C. llegaba a su casa, eso lo dijo en el análisis psicológico, que C. llegaba a su casa, que les llevaba víveres, les proporcionaba dinero y que muchas veces tenia comida en su mesa y a veces no la tenía y que por eso su abuela, la D., y los de su casa, ellos esperaban el apoyo siempre de C. porque le sufragaba algunas necesidades, que por eso el psicólogo advierte que puede la menor en un momento determinado retraerse a colaborar, a seguir colaborando a seguir con lo pasado. Igualmente ha corrido un álbum fotográfico que solamente es para ilustrar como es el lugar del hecho, no se observa el chorro donde D.A. manifestó que se encontraba, pero puede estar probablemente en la parte adecuada donde el cuarto que el señor acusado se encontraba, es uno de los más cercanos a la playa... en cuanto a las declaraciones en si es sorprendente que como parte de defensa desfilara la declaración de D.A.C.H., quien es tía de la menor, pero en el

    sentido de que la jovencita manifestó todo lo que había sucedido y habló con mucha naturalidad sobre lo que ella había realizado con el ahora acusado excluyendo del evento a [...]... Del examen psicológico empezamos a encontrar ciertas circunstancias que aclaran la actitud de la menor, la defensa ha manifestado "pero mire si no tiene ningún impacto de tipo psicológico que le haya sucedido", el psicólogo establece que si tiene un impacto psicológico y establece cual sería la cantidad que le podría corresponder a la menor para darle una pronta recuperación pero no por la agresión sufrida, porque la niña con mucha naturalidad y espontaneidad y con una secuencia lógica cuenta lo que le ha sucedido, el psicólogo cuando establece la única forma de entender lo que le sucedió cuando él dice si nos fuimos, entramos, ella se quedó fuera, me tocó, es más, allá en la inspección del lugar de los hechos y en el acta de captura del señor acusado establece que los dos se encontraban como nerviosos como quien dice ya nos sorprendieron, pero la niña ya es una niña que ha sido víctima de agresión sexual, es una niña que ya comenzó a desarrollarse el ciclo de afectación el normal desarrollo sexual de la misma puesto que en estos momentos en que es tocada por C. ya no muestra ninguna reacción y es más, el psicólogo advierte que la negatividad que existe en que ella siga bajo el amparo de su madre porque puede ser la víctima posterior de otros abusos de tipo sexual... el asunto está en si creo o no creo en lo que la menor manifestó y si creo o no en lo que D. manifestó, la menor no ha llorado, ha sido parca en lo que ha manifestado, ha insistido en contar, es más, ha contado más aún en el reconocimiento médico legal que le hizo el psicólogo puesto que fue preguntada más a fondo acerca de todo el desarrollo de su vida, las circunstancias que ella había vivido. Ha manifestado la defensa de que pudo haber sido manipulada, pero por quien pudo haber sido manipulada, si toda la familia como lo ha manifestado M.C.S. ha comparecido, D.A. que es tía de la menor y es quien la llevó a ese lugar y quien manifestó que nada de eso había sucedido, la señora M.C. ha manifestado que su mamá y todos los de su familia les han dicho que no venga acusar al señor acusado, cuál podría ser el manipuleo cuando estas dos mujeres están, la madre de la niña y la niña iban a sufrir más vicisitudes si aceptaban el hecho o no, pero la madre ha manifestado "soy su único pariente, tengo que apoyar a mi hija", el apoyo consiste precisamente en eso, ella sin la ayuda de su madre muy difícilmente hubiese venido a esta audiencia y ser localizadas para poder declarar, la niña ha sido espontánea en todo lo que manifiesta, el perito no tuvo que insistir mucho sino que aclaró algunas situaciones que tanto defensa como fiscalía consideraban no aclaradas y ella permanecía en la misma relación de lo que narró inicialmente,

    incluso tiene una buena iniciativa de manifestar y de decir no eso no fue de esta manera, fue de tal otra, describió todos los momentos que ella vivió y como los vivió y en ese sentido no puedo ni por un momento considerar que la menor [...] haya sido inducida a mentir, haya mentido por alguna circunstancia que tampoco se ha establecido cual fuera el interés en mentir, es que no solamente tiene que decirse ella ha sido manipulada, manipulada por quién y para qué, cual es la movilidad que pudo haber tenido la señora [...] para acusar a C.. La agente policial es prueba referencial de la cual ella lo único que manifestó que había entrevistado a la niña y había sido investiga D. del caso, dijo que había entrevistado a los señores agentes, si las entrevistas no son prueba dentro del proceso, no es necesario que estén en una entrevista, esa no ha sido contradichas en audiencia y por lo tanto no deben de tomarse como una referencia de prueba, mas sin embargo ella vino a manifestar que había entrevistado a la menor, escuché lo que había dicho la menor que coincide exactamente con lo que ha manifestado y con lo que le manifestó el psicólogo, por lo tanto no hay duda de que la niña [...] sí dijo la verdad acerca de que Cándido

    M. F., bajo la conducta oculta de ayuda al núcleo familiar de la menorcita que con la finalidad de abusar de los niños específicamente de [...] que no pueden defenderse y al ganarse su simpatía a través de paliar las necesidades económicas de alimentos y sobre todo de vestidos que ellas puedan tener, puesto que manifestó que en el trayecto de camino se entretuvo comprándole prendas a una y otra, que le pidió zapatos una y él no le dio zapatos sino que sandalias y la otra se opuso, todo ello para abusar sexualmente de la misma, por lo tanto...

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