Sentencia nº 150-07-2016 de Tribunal de Sentencia de Chalatenango, 2 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal de Sentencia de Chalatenango
Número de Sentencia150-07-2016
Sentido del FalloABSOLUTORIA

TRIBUNAL DE SENTENCIA DE CHALATENANGO: a las quince horas con veinte minutos del día dos de septiembre de dos mil dieciséis.

Causa número 150-07-2016-3 (424-UPP-5-15), seguida en contra de los señores: 1. M.Á.R.A., alias [...], de veinticinco años de edad, acompañado, originario de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, con residencia en Cantón […], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de C. o Caserío [...]del Cantón [...], Municipio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, hijo de los señores […]; 2. R.U.A.U., alias [...], de veintiún años de edad, acompañado, agricultor, originario y residente en Cantón [...], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, hijo de los señores […]; 3. J.A.A.L., alias C., de veintidós años de edad, soltero, albañil, originario y residente en Cantón […], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, hijo de los señores […}; 4. J.R.R.A., de veintitrés años de edad, soltero, agricultor, originario y residente en Cantón […], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, hijo de los señores […].; 5. O.G.A.U., de veinticuatro años de edad, soltero, agricultor, con residencia en Cantón [...], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, hijo de los señores […]; y, 6. O.R.A., de veintitrés años de edad, acompañado, originario y residente en Cantón […], Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, hijo de los señores […] por el DELITO CONTINUADO DE EXTORSIÓN AGRAVADA, tipificado y sancionado en el artículo 214 números 1) y 7) en relación con el artículo 42 del Código Penal, en perjuicio patrimonial de la víctima bajo régimen de protección e identificada con el nombre clave o seudónimo “JULIO”.

Como sujetos procesales, se encuentran acreditados en la presente causa: el licenciado C.N.R.J., como agente auxiliar del F. General de la República; los licenciados C.A.S.A. y H.H.H.M., como defensores particulares de los procesados J.A.A.L., R.U.A.U. y O.G.A.U.; y, el licenciado I.O.G., como defensor público de los procesados M.Á.R.A., J.R.R.A. y O.R.A.

La presente causa fue conocida en juicio oral y público por Tribunal de Sentencia constituido de manera colegiada, integrado por los señores jueces F.L.P.P., J.D.G.V. y M.T.D.C.; estando a cargo de este último la tramitación

sentencia.

RESULTANDO:

ENUNCIACIÓN DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO.

El Ministerio Público Fiscal, acusó a los señores M.Á.R.A., R.U.A.U., J.A.A.L., J.R.R.A., O.G.A.U. y O.R.A. , teniendo como sustento fáctico la relación del hecho siguiente: «El día tres de agosto de dos mil quince, la víctima con la clave “JULIO”, interpone denuncia en sede policial, en la que manifestó que varios sujetos que son miembros de la mara salvatrucha, del Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de C., le han estado exigiendo la entrega de dinero, bajo amenazas de matarlo a él o a su familia; y es así como el día once de noviembre del año dos mi catorce, a eso de las cuatro de la tarde aproximadamente, él se encontraba caminando juntamente con el testigo clave “MARCOS”, sobre la calle principal del Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de C., de repente les salieron al paso tres sujetos a quienes conoce por nombres y apodos, el primero de ellos lo conoce con el nombre de M.Á.R., alias [...], quien es como de veinticinco años de edad aproximadamente, piel blanca, algo pequeño, de complexión delgada, cabello rubio, ojos cafés y sabe que reside en el Cantón […], Nombre de Jesús, C.; el segundo lo conoce con el nombre de O.R.A., conocido por O., este es como de veinticuatro años de edad, piel blanca, estatura normal, cabello rubio, ojos cafés, quien reside en Cantón […], Nombre de J.C.; el tercero lo conoce con el nombre R.U. [...] alias [...], quien es como de veinticinco años de edad, de estatura alta, de complexión fornida, piel trigueña, residente en Cantón […], Nombre de J.C.; los tres sujetos al momento de interceptarlos se dirigieron hacia él y M., alias [...], le dijo ‘la mera onda es que somos de la mara salvatrucha y queremos que nos des trescientos dólares, sino te querés morir vos y tu familia’, por lo que les manifestó que no andaba dinero en ese momento, respondiéndole el alias [...]: ‘te vamos a dar hasta el quince de este mes para que nos des la feria y la queremos para las tres de la tarde, los venís a dejar aquí, porque aquí mismo te vamos a estar esperando’, y luego el sujeto de nombre R., alias [...], le dijo: ‘ya sabés quiénes somos y si andás de bocón con la jura más luego te vas a morir’, mientras que el tercer sujeto conocido por O., le manifestó a MARCOS que no anduviera diciendo lo que pasaba, porque de lo contrario él también se iba a morir, y a la vez solo se quedaba observando para todos lados, así como los

catorce, le pidió al testigo MARCOS que lo acompañara a entregar el dinero que le estaban exigiendo los mareros, ya que tenía temor que fueran a cumplir las amenazas de matarlo, por lo que se desplazó llegando al lugar que le había indicado a eso de las tres de la tarde con diez minutos, observó que ahí se encontraban los mismos tres sujetos que el día once de noviembre lo habían amenazado con matarlo si no les entregaba trescientos dólares; y fue M., alias [...], quien le dijo: ‘ya te estábamos esperando para que nos entregués la feria, sino hubiéramos ido a matar a tu casa con esta pistola que ando, no es la primera vez que he matado a los que no colaboran’, y en ese momento observó que sacó de la cintura un arma de fuego, al parecer pistola, por lo que la víctima le hizo entrega de los trescientos dólares a dicho sujeto, y de repente se le acercó por la parte de atrás el sujeto O.R., conocido por O., quien lo tomó del cuello y le dijo: ‘ya sabés, tienes que estar colaborando, sino te vas a morir’, luego R. [...] alias [...], se le acercó a la víctima y le dijo: ‘te vamos a dar quince días para que nos reunás otros trescientos dólares y tenés que venir a dejarlos aquí mismo el treinta de este mes y si andás abriendo la boca te vas a morir’, por lo que la víctima y el testigo se retiraron del lugar. Siendo así que llegado el día treinta de noviembre del año dos mil catorce, se desplazó nuevamente para el mismo lugar, donde les había entregado el dinero a los mareros la primera vez, pidiéndole nuevamente al testigo MARCOS que lo acompañara, por el mismo temor que sentía a que estos sujetos le fueran a hacer algún daño físico, llegando al lugar a eso de las tres de la tarde con quince minutos aproximadamente, observando que ahí se encontraban cuatro sujetos, siendo estos Manuel Ángel

R., alias [...], quien es uno de los tres que le salieron al paso en la primera ocasión, un segundo sujeto al que conoce con el nombre de N.A.L., alias […], quien es veintiocho años de edad aproximadamente, piel trigueña, cabello negro y estatura normal, complexión fornido, residente en Cantón […], Nombre de Jesús, C., un tercero de nombre J.A. [...] alias C., como de veintiún años de edad aproximadamente, piel trigueña, cabello negro, ojos cafés, complexión delgada, estatura alta, residente en Cantón [...], Nombre de Jesús, C., un cuarto sujeto de nombre O.G. [...] alias [...], de veinte años de edad aproximadamente, estatura normal, cabello rubio, ojos cafés, complexión fornida, residente en Cantón [...], Nombre de Jesús, C., siendo así que el sujeto alias [...] le dijo: ‘ya te estábamos esperando para que nos entregués la feria’ y la víctima le observó a la altura de la cintura un arma de fuego, al parecer una pistola, sujeto a quien en ese momento le hizo entrega de la cantidad de trescientos

vayás a andar de bocón, porque si no te vamos a matar’, y el sujeto de nombre J.A. L. [...] alias C., se quedó a una distancia como de unos tres metros, quien observaba sus movimientos, mientras que O.G. [...] alias [...], sacó un arma de fuego, tipo fusil recortado, el cual andaba escondido en una mochila de lona color azul, sacándolo y amenazándolo con dicha arma al testigo M., ya que le dijo que no anduviera de bocón, mientras que el alias [...], le dijo a la víctima que quería trescientos dólares para el mes de diciembre, respondiéndole la víctima que se los podía conseguir, pero que le dieran más tiempo, porque tenía que comprar unas medicinas que le habían recetado, pues estaba enfermo, por lo que el sujeto alias [...], le dijo que por el hecho que les ha colaborado le iban a dar más tiempo para que los consiguiera, pero que al rato le iban a caer de nuevo, luego él y MARCOS se retiraron del lugar. Manifiesta la víctima que a finales del mes de diciembre del año dos mil catorce, se dio cuenta que algunos de los sujetos que lo estaban extorsionando los habían metido presos, desconociendo las razones y en ese tiempo no denunció porque pensó que ya no lo iban a estar molestando y además por el mismo temor que sentía, pero se da el caso que el día veinticuatro de julio del año dos mil quince, mientras caminaba con el testigo MARCOS, por la calle de Nombre de J., C., a eso de las once horas de la mañana, se les acercaron los sujetos de nombres O.R.A., conocido por O., quien anteriormente lo había extorsionado juntamente con los otros y un segundo sujeto de nombre R.R.A., quien es como de veintidós años de edad, cabello rubio, complexión fornida, ojos cafés, piel blanca, residencia en Cantón [...], Nombre de Jesús, C., siendo O.R.A. quien le dijo: ‘la onda que el [...] me mandó a decirte, que nos entregués la feria que le quedaste pendiente’, respondiéndole la víctima que no andaba dinero en ese momento y dicho sujeto le dijo: ‘te voy a dar una horas para que la consigás y tenés que traerlo a este lugar, si no te vamos a matar’; y, la víctima por temor a que cumplieran las amenazas decidió ir a traer los trescientos dólares que le estaban exigiendo, diciéndole al testigo MARCOS que lo acompañara a traer el dinero, llegando nuevamente al lugar donde le exigían el dinero a eso de las doce horas del mediodía, lugar...

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