Sentencia nº 279-U-2-16 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 16 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana
Número de Sentencia279-U-2-16
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: S.A., a las catorce horas con diez minutos del día dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis.- Causa No. 279-U.2/16, promovida contra E.A.C.P., de treinta y cinco años de edad, con fecha de nacimiento veintisiete de julio de mil novecientos ochenta y uno, mecánico, salvadoreño, acompañado con [...], hijo de [...] y [...], procesado por el delito de Robo previsto y sancionado en el artículo 212 del Código Penal en perjuicio de la víctima “MARIANA”

La vista pública fue presidida por el J. Licenciado G.L.D. según lo prescribe el artículo 53 inciso último del Código Procesal Penal.- Intervinieron en vista pública como Agente Auxiliar del Fiscal General de la República el licenciado J.R.C.M. y como defensor público licenciado M.W.L.S.

HECHOS POR LOS CUALES SE CONCEDIÓ EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO.

Se presentó escrito de acusación en el Juzgado de Instrucción de M., contra Elver Antoni

C. P., por los hechos que literalmente dicen:

“Los hechos sucedieron en fecha veintisiete de abril del año dos mil dieciséis, como a eso

de las dieciséis horas con diez minutos en un local comercial dedicado a la venta de comida rápida ubicada en la Ciudad de Metapán, [...] y [...], de dicha localidad, momentos en los cuales el sindicato llego a dicho lugar, simulando ser un cliente y al llegar al mostrador le solicito a la víctima-testigo “MARIANA 1”, que le vendiera cuatro piezas de pollo, esta persona accedió y al estar a punto de dárselas, el sindicato le manifestó: “dame todo el dinero, porque este es un asalto”, manifestándole a otros testigos con clave MARIANA 2 Y MARIANA 3, que: que “ BAJA DE LAS GRADAS Y TE TIRAS AL SUELO PORQUE SINO TE MATO”, e insistió a MARIANA 2, “VENITE PARA ACA Y TIRATE AL SUELO POR QUE SI NO TE VOY A MATAR O CREES QUE NO TENGO VALOR DE MATARTE”, haciendo caso los dos testigos victimas a los que el sindicato les manifestó, quien al decir esta amenaza metía las manos en un maletín que portaba y les manifestaba que sacaría el arma de fuego que ahí portaba, ante eso MARIANA 1, accedió, entregándole el dinero que había en el negocio hasta ese momento, y lo cual ascendió a la cantidad de 115.00 dólares americanos, esto en billetes de diferente

comercial posterior a robar el dinero antes relacionado. Acto seguido fue informado de los hechos vía telefónica el dueño del local comercial, quien estaba cerca del mismo, siendo identificada esta persona con clave M., quien llegó al local comercial y verifica, en el sistema de vigilancia de cámaras privadas que él tiene en dicho local comercial, viendo la grabación de atraco, reconociendo al sindicato, como sujeto de una estatura como de un metro con setenta centímetros, piel clara, de unos 35 años de edad, vestimenta gorra azul oscuro de tela, camisa color verde, pantalón jeans color negro de lona, zapatos tenis de lona; y al cual reconoce como persona que está cumpliendo una pena, en el Centro Penal de Metapán, por lo cual procedió a mostrarles el video a las víctimas- testigos MARIANA 1, M. 2 Y MARIANA 3, los cuales le mencionaron que efectivamente ese sujeto era que los asaltó reconociéndole; y quien al parecer a realizado otros atracos en diversos locales comerciales desde hace poco tiempo, ante ello la victima MARIANA, procedió a dar aviso a la Policía de M., con quienes se dirigió al Centro Penal de Metapán en donde se procedió a hablar con uno de los custodios del mismo, enseñándole el video que tenía en su negocio, y este custodio le confirmo que esta persona estaba efectivamente en fase de confianza, cumpliendo una pena, y verifico en los libros de control se verifico que dicha persona había salido del Centro Penal a las 13:00 horas y había regresado a las 16:55 del día de los hechos, por lo cual ya había ingresado a dicho Centro Penal; y se procedió a su formal captura hasta el día dieciocho del presente mes y año, en el interior del Centro Penal de Metapán, dentro del término de flagrancia.- II) - Los anteriores hechos fueron considerados por el Juez instructor como Robo, para pasar la causa a la fase plenaria, señalándose la audiencia de vista pública por el delito que...

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