Sentencia nº 3CYM-10-10-08-16 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 31 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2016
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de Sentencia3CYM-10-10-08-16
Sentido del FalloA) Tiénese por desestimada la pretensión planteada en el recurso de apelación, interpuesto por el Licenciado OSCAR MAURICIO H. B. B) Confírmase en todas sus partes la sentencia venida en apelación, dictada por la señora Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de esta ciudad
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso Declarativo Común de Terminación de Contrato de Arrendamiento con Promesa de Venta y Desocupación del Inmueble Arrendado
Tribunal de OrigenJuzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Miguel

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: S.M., a las catorce horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis.

  1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO.

    1.1. Vista en apelación la sentencia pronunciada por la señora Juez Tercero de lo Civil y M. de esta ciudad, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día once de julio del año dos mil dieciséis, interpuesta por el Licenciado O.M.H.B., en el proceso declarativo común de terminación de contrato de arrendamiento con promesa de venta y desocupación del inmueble arrendado, promovido por el Licenciado J.E.C.C., mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con Tarjeta de Identificación de Abogado número: […], como apoderado general judicial de la señora C.M.M.M., mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: […]; contra la señora T.D.A.D.G., mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, Con Documento Único de Identidad número: […], representada por su apoderado general judicial Licenciado O.M.H.B., mayor de edad, Abogado, de este domicilio, con Tarjeta de Identificación de Abogado número: […].

    1.2. El proceso ha sido clasificado en el Juzgado Tercero de lo Civil y M. de esta ciudad, con Número Único de Expediente: 00666-16-CVPC-3CM1-C4; y en esta Cámara bajo la referencia: 3°CyM./#10/10-08-16.

    1.3. Han intervenido en primera instancia como en ésta ambas partes, en la forma relacionada en el numeral 1.1. de esta resolución.

    1.4. La presente sentencia se dicta como lo dispone el Art. 213 CPCM, por el Licenciado JOSE S.A.V., en calidad de M.P. de esta Cámara, y por el D.J.H.I.S.M., como segundo Magistrado de Cámara en funciones, después de desarrollada la audiencia, de conformidad al Art. 514 CPCM, y dando cumplimiento al Art.515 CPCM.

    LEIDO LOS AUTOS:

ANTECEDENTES

DE HECHO.

2.1. Que con fecha once de febrero del año dos mil dieciséis, presentó a la Secretaría Receptora y Distribuidora de Demandas, de esta ciudad, demanda de proceso declarativo común de terminación de contrato de arrendamiento con promesa de venta y desocupación del inmueble

C.M.M.M., en contra de la señora T.D.A.D.G., la cual consta agregada a fs.1 f. al 7 v. de la pieza principal, en la cual esencialmente pidió: ”””1)Declare terminado el contrato de Arrendamiento celebrado en la ciudad de S.M., a las dieciséis horas del día quince de julio del año dos mil quince, ante los Oficios del Notario Jorge Efraín C.

C., entre mi poderdante señora C.M.M.M., como arrendante y la señora T.D.A. de G. como arrendataria, respecto del siguiente inmueble: Una porción identificada en el plano de Urbanización como LOTE NUMERO […] del polígono […] Quinta Calle Oriente, Urbanización Residencial América, de la ciudad de S.M., departamento del mismo nombre, de la capacidad superficial de CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS SESENTA DECIMETROS CUADRADOS. Inscrito dicho bien inmueble a favor de mí representada en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula número: [...] Asiento […]. Departamento de S.M..----- 2) Ordene la desocupación del

inmueble antes descrito.----- 3) En consecuencia de lo anterior, declare la resolución del contrato

de promesa de venta celebrado entre mi representada y la demandada, del cual se ha hecho alusión en el presente escrito de demanda.”””””

2.2. Que según consta en autos, se siguió el trámite de ley, en el curso de primera instancia, admitiéndose la demanda interpuesta por el Licenciado J.E.C.C., como apoderado general judicial de la señora C.M.M.M.; se ordenó emplazar en legal forma a la demandada señora T.D.A.D.G., a fin de que compareciera a contestar la demanda, a quien por no haber hecho uso de su derecho dentro del término legal correspondiente se declaró rebelde; se convocó a las partes a la audiencia preparatoria, habiendo comparecido únicamente el apoderado de la parte demandante Licenciado C. C., no así la parte demandada; además se practicó reconocimiento judicial en el inmueble objeto del litigio; hasta pronunciar sentencia, la señora Juez Tercero de lo Civil y M. de esta ciudad, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día once de julio del año del dos mil dieciséis; apersonándose hasta esta etapa del proceso, el Licenciado O.M.H.B., como apoderado de la parte demandada señora T.D.A.D.G., sentencia de la cual ha interpuesto recurso de apelación, razón por la cual este tribunal conoce.

2.3. La Juez A quo, en su

FALLO

literalmente DIJO:””” ”””a) Declarar por terminado el contrato de arrendamiento celebrado el día quince de julio de dos mil quince entre las señoras

[…], del polígono […], […] calle oriente, urbanización residencial […], de esta ciudad, inscrito bajo matrícula […], asiento […] del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, destinado para vivienda; b) Declarar la resolución del contrato de promesa de venta, celebrado el día quince de julio del dos mil quince entre las señoras Claudia Milagro M.

M., y T.D.A. de G., en relación al inmueble ubicado en lote número […], del polígono […], quinta calle oriente, urbanización residencial […], de esta ciudad, inscrito bajo matrícula [...], asiento […] del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente;

  1. ...

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