Sentencia nº 195-EMSM-16 de Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 8 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia195-EMSM-16
Sentido del FalloDeclárase improcedente el recurso de apelación interpuesto.
Tipo de ResoluciónAutos definitivos
Tipo de JuicioProceso Mercantil Ejecutivo
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Civil de San Marcos

CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las doce horas de ocho de noviembre de dos mil dieciséis.

Por recibido el oficio número 2663, de fecha veintiocho de octubre del presente año, procedente del Juzgado de lo Civil de San Marcos, junto con el Proceso Mercantil Ejecutivo, promovido por la señora A.M.A.A. por medio de su apoderado licenciado R.A.M.A., contra don A.M.N.P., constando de 17 folios útiles y escrito de apelación.

Tome nota la secretaría de la dirección y medio técnico proporcionado para recibir notificaciones.

Respecto del recurso de apelación interpuesto por el licenciado R.A.M.A. en el carácter indicado, se hacen las siguientes consideraciones:

  1. ASPECTOS PREVIOS.

    1. - La apelación es un recurso ordinario que tiene por finalidad el re-examen de las infracciones procesales y sustantivas contra resoluciones de primera instancia, a través de un procedimiento único con el que el tribunal competente (ad quem) ejercita una potestad de jurisdicción similar a la desplegada por el órgano inferior (a quo). Es un remedio procesal encaminado a lograr que un órgano superior en grado, en relación al que dictó una resolución que se estima es injusta, la anule, revoque o reforme total o parcialmente.

    2. - Dicho recurso encuentra su asidero legal en el Art. 508 CPCM, el cual a su letra...

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