Sentencia nº 256-2016 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 25 de Enero de 2018

Fecha de Resolución25 de Enero de 2018
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
Número de Sentencia256-2016
Sentido del FalloABSOLUTORIA

TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA DE SAN SALVADOR, a las catorce horas con treinta minutos del día veinticinco de enero de dos mil dieciocho.

El presente proceso penal clasificado con el número 256-2016-2, seguido en contra del imputado W.A.G.B., de treinta años de edad, originario de San Salvador, nació el treinta y uno de octubre de mil novecientos ochenta y siete, comerciante, acompañado con […], hijo de […](fallecido), residente en colonia […], autopista DUA, pasaje y equipo […], casa […], Apopa, procesado por el delito de EXTORSION AGRAVADA, previsto y sancionado en el Art. 2 y 3 No. 10 y 8° de la Ley Especial contra el Delito de Extorsión, en perjuicio patrimonial de la víctima clave "DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE", representado legalmente por clave "UNIFORM".

Han intervenido como parte el licenciado R.U.S.L.L. en su calidad de Agente Auxiliar del señor F. General de la República; y como Defensor Público del procesado, el licenciado A.A.L.A..

Se tuvo por recibido el proceso mediante auto de fs. 104, de fecha cuatro de octubre de dos mil dieciséis, en el cual fueron señaladas las once horas del día diecisiete de enero de dos mil diecisiete para la celebración de la Audiencia de Vista Pública, la cual fue reprogramada en tres ocasiones tal como consta de fs. 128, 163 y 183 en las fechas diecisiete de enero, ocho de mayo de dos mil diecisiete y veinticuatro de julio todos de dos mil diecisiete, la primera y tercera ocasión por la incomparecencia de Fiscalía y sus testigos y la segunda ocasión por no haberse brindado soporte por medio de videoconferencia por parte de la Dirección de Desarrollo Tecnológico e Información de la Corte Suprema de Justicia; por lo que se señaló para la celebración de la audiencia de Vista Pública en el presente proceso penal para las once horas del día treinta de noviembre de dos mil diecisiete, la cual se llevó a cabo de conformidad con el Art. 53 Inciso final Pr. Pn., se conoció Unipersonalmente y fue presidida por la señora Jueza, Licenciada MARÍA DEL P.A.D.A.. La lectura de esta sentencia se encontraba señalada para las catorce horas con treinta minutos del día catorce de diciembre de dos mil diecisiete, la cual fue re programada en dos ocasiones tal como consta de fs. 216 y 222, para la hora y fecha señalada al inicio de la misma, de conformidad con el Art. 396 Inciso Pr. Pn., ello en virtud de la carga laboral que lleva este Tribunal en cuanto a la celebración de Audiencias de Vista Pública, resolución de escritos y la redacción de distintas sentencias.

  1. RELACIÓN DE LOS HECHOS ACUSADOS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL. -"””””El día trece de marzo del año dos mil dieciséis, clave "Uniform" representando a clave "Dos mil ochocientos veinte" interpuso denuncia en Sede Policial, manifestando: que el día cuatro de marzo del dos mil dieciséis, en local de ventas que está ubicada en el municipio de Apopa del departamento de San Salvador, como a eso de las doce horas llegó un menor de edad con apariencia de pandillero quien se dirigió a uno de los empleados y le pidió hablar con el gerente de ese lugar y el empleado le dijo que en ese momento no se encontraba pero le exigió que le brindara el número del gerente y que querían hablar de la renta de ese lugar, que tenían que pagar por estar en esa zona ya que los demás negocios de ese lugar pagaban, luego el empleado le dijo que le darían un número de las oficinas centrales ya que esos asuntos lo veía una persona encargada de eso, y luego el empleado le dio el numero […]) para que ellos hablaran a ese número ya que eso les habían dicho los jefes de ellos, luego el sujeto se retiró de ese lugar y a eso de las doce horas con cincuenta minutos aproximadamente recibió una llamada telefónica de parte del número […] las cuales no respondió por tener conocimiento de sus empleados de lo sucedido, luego su persona realizó una llamada telefónica a ese número preguntando que si necesitaba algo y un sujeto que se identificó como el "e." de la pandilla dieciocho revolucionario le dijo que él había mandado a un homboy a pedir el número del encargado de ese local, y luego le dijo que le pusiera mente a lo que le iba a decir y este le dijo que tenían que pagar seiscientos dólares ($600) por ser la primera vez pero de allí en adelante tendrían que pagar la cantidad de trescientos dólares ($300) y si no lo hacían que los que pagarían las consecuencias serían los empleados de ese lugar, que si no veían respuesta iban a comenzar a los empleados, respondiéndole "Uniform" que esa cuestión primeramente la tenían que ver en una reunión ya que su persona también era un empleado y que en tres días habría una reunión en la cual su persona expondría el caso para que resolvieran ese problema, por lo que le dijo al extorsionista que le diera tiempo y que después de la reunión, su persona le daría respuesta para ver cuando les darían el dinero y este sujeto le dijo que estuviera pendiente del teléfono que él le marcaría dentro de tres días para ver cómo estaba la cosa y luego le cortó la llamada y el día ocho de marzo del año en curso, como eso de las nueve horas con treinta minutos recibió una llamada telefónica de parte del número de teléfono […] en la cual el mismo

    dinero, respondiéndole que se lo entregarían el día quince de marzo del corriente año ya que esa fecha es de pago y hasta esa fecha es que se puede sacar ese dinero y le dijo que eso le habían ordenado los jefes, luego el sujeto extorsionista le dijo que si estaban con culeradas iban a comenzar a hacer más presión, que le pegarían (matarían) a un empleado y que les iban a pedir más dinero y que si les echaban a la Policía entonces que mejor cerraran esas instalaciones, pero que por el momento la iban a agarrar al suave, que le harían el paro de esperar hasta esa fecha, luego le dijo que se estuviera pendiente del teléfono para ese día.

    Con la finalidad de seguir la investigación del caso, ese mismo día "Uniform", en la calidad en mención autorizó al investigador A.E.C.S., para que negociara, con el extorsionista, para lo cual le hace la entrega de un teléfono celular marca M., color negro, con número telefónico asignado […] activado con la empresa Movistar de El Salvador, con el fin que sea utilizado para negociar con los sujetos extorsionistas. - En la calidad antes mencionada el investigador del caso como parte de las técnicas policiales de investigación aplicadas para la resolución del presente caso y a fin de cumplir con las exigencias que bajo amenazas hiciera el extorsionista y producto de las negociaciones sostenidas, llegó al acuerdo con el extorsionista que la entrega de seiscientos dólares, se realizaría a las quince horas del día quince de marzo de dos mil dieciséis, en el centro comercial Pericentro Apopa, municipio de Apopa, departamento de San Salvador, para lo cual el investigador F.G.C., coordinó con "Uniform" y este último en la calidad en mención, ese mismo día, le hace entrega de la cantidad de diez dólares en efectivo, estando conformados por dos billetes de la denominación de cinco dólares, el cual fue utilizado para formar un paquete señuelo simulando la cantidad de seiscientos dólares. Para cubrir dicho procedimiento policial se conformaron los equipos siguientes: Equipo número uno: integrado por el investigador F. G. C.

    M., con la función de entregar un paquete simulando la cantidad de seiscientos dólares el cual consistía en un sobre de papel manila, sellado con tirro, conteniendo en su interior recortes de papel periódico y dos billetes de la denominación de cinco dólares, serie MB siete nueve cero uno uno nueve cuatro cero A, (MB 79011940 A), el serie MK dos dos dos ocho siete cero ocho cinco B, (MK 22287085 B), donde los extorsionistas exigieran y seguir con la negociación, para lo cual se ubicaría al costado norte del Súper Selectos, Pericentro Apopa, municipio de Apopa, departamento de San Salvador; Equipo numero dos: integrado por el investigador J.D.V.R.

    fotográficas antes durante y después de la entrega, para lo cual se ubicó al costado sur del punto de entrega a unos veinte metros aproximadamente; Equipo número tres: integrado por el sargento

    N.G.I., con los agentes F.M., O.A.A.M., vistiendo de particular con la funciones de dar vigilancia y seguimiento al o los sujetos que lleguen a recibir el paquete que simula los seiscientos dólares, ubicándose en movimiento lugares estratégicos aproximadamente a veinte metros del punto de entrega; el Equipo cuatro: integrado por los captores agentes E.A.M.N., J.

    1. R. G., y R.A.P.P., vistiendo el respectivo uniforme policial, a bordo de un carro patrulla con la función de dar seguridad y de capturar al o los sujetos que lleguen a recibir el paquete que simula la cantidad de seiscientos dólares, ubicándose a la altura de la gasolinera puma, a cien metros aproximadamente del punto de entrega; quedando de acuerdo los equipos que se utilizaría como medio de comunicación el radio red, motivo por el cual se desplazaron hacia el lugar de la entrega.

    Dicho dispositivo estuvo a cargo del sargento N.G. l., y se instaló a eso de las catorce horas con treinta y cinco minutos de este día, en el interior del centro comercial Pericentro Apopa, costado norte de Súper Selectos, municipio de Apopa, departamento de San Salvador, ubicándose los equipos en los lugares designados, a eso de las catorce horas con cuarenta minutos aproximadamente reportó el equipo número uno (agente C. M.) a todos los equipos que había tenido comunicación con el sujeto extorsionista, quien le había preguntado que si ya estaba en el lugar y de cómo andaba vestido, además le había manifestado que se estuviera pendiente que los homeboys ya estaban en el lugar de la entrega chequeando que no hubieran juras, a eso de las catorce horas con cincuenta minutos aproximadamente reporta el Equipo tres

    A.M., que del costado norte llegan dos sujetos sospechosos, y los describe el primero piel trigueña, complexión delgada, viste camisa de vestir cuadriculada de...

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