MINISTERIO DE ECONOMIA
ACUERDO Nº 523
San Salvador, 27 de marzo de 2323.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA
Vista lasolicitudpresentadaen este Ministerio el día 6 de marzo de 2320, por laseñoraSIL VI AMARIA CRIS TAÑI GOOD ALL, Representante Legal de laScciedadSALVAPLASTC INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia SALVAPLASTC INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., con Número de Identificación Tributaria 0614-150405-109-3, relativa a que se le modifique el listado de incisos arancelarios no necesarios para su actividad autorizada.
CONSIDERANDO:
-
Que a la Sociedad SALVAPLASTC INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia SAI.-VAPLASTIC INTERNACIONAL, S.A DE C. V., se le concedió el gcce de las exenciones totales y parciales del pago de los impuestos sobre la renta y municipales, en los plazos, porcentajes, términos y alcances establecidos en el número 2 de las letras d) y e) del artículo 17 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización yse le autorizó el listado de incisos arancelarios no necesarios para la actividad autorizada, que consiste en la FABRICACIÓN DE PRODUCTOS PLÁSTICOS: GANCHOS PARA PRENDAS DE VESTIR, MACETAS, CUPS, TERMOS, HIELERAS; ACCESORIOS MÉDICOS HOSPITALARIOS, TALES COMO: VASOS, MINGITORIOS, ASIENTOS DE LIMPIEZA, JABONERAS, J ARRAS P ARA AGUA HUACALES PARA LAV ARMANOS, MANGOS PLÁSTCOS DE NAVAJA Y SUS PARTES, Y DEMÁS ARTÍCULOS PLÁSTCOS, que son destinados dentro y fuera del Á ea Centroamericana, excepto en el mercado nacional, actividad que realiza en instalaciones declaradas como Depósito para Perfeccionamiento Activo (DP A), ubicadas en Zona Industrial Plan de La Laguna, Calle Circunvalación, Polígono "E", Lote 6, municipio de Antiguo Cuscaílán, departamento de La Libertad, con un área de 2,543.46 mts2, según acuerdos Nº 1586,845, 1041, 361,619, 1108, 1326y 1548 de fechas 11 de diciembre de 2314, 9 de junio de 2316, 10 de agosto de 2018, 11 de marzo, 26 de abril, 22 de julio, 6 de septiembre y 14 de octubre de 2319 publicados en los Diarios Oficiales Nº 11, 137, 170, 105, 128, 186, 221 y 228, tomos 406, 412, 420, 423, 424, 425, 425 y 425 del día 19 de enero de 2315, 22 de julio de 2316, 13 de septiembre de 2318,7 de junio, 10 de julio, 4 de octubre, 22 de noviembre y 3 de diciembre de 2319, respectivamente;
-
Que de conformidad con los artículos 19y54-G inciso tercero de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, la Sociedad beneficiaría ha solicitado la modificación parcial del listado de incisos arancelarios no necesarios para su actividad autorizada;
-
Que con base en el dictamen del Departamento de Incisos -Arancelarios, la Dirección Nacional de Inversiones ha emitido opinión favorable a la modificación parcial del listado de incisos arancelarios solicitada; y
-
Que en cumplimiento de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, se solicitó la opinión correspondiente al Ministerio de Hacienda habiéndose recibido oportunamente.
POR TANTO:
De conformidad con las razones expuestas, y con base en lo señalado en los artículos 19 inciso cuarto, y 45 inciso final y 54-G inciso tercero, todos de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, artículos 163 inciso segundo, 164 inciso primero y 167 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
ACUERDA
-
MODIFICAR parcialmente el listado de incisos arancelarios no necesarios para la actividad autorizada con sus respectivas excepciones, a la Sociedad SALVAPLASTC IN TERN ACI ONAL, SOCIEDAD -ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia SALVAPLASTIC INTERNACIONAL, S.A DE C. V. según el detalle siguiente:
SECCION DESCRIPCIÓN
CAPÍTULO
CAPÍTULOS 1-5
CAPÍTULOS 6-14
SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL Y VEGETAL
CAPÍTULOS 16-24 LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO, ELABORADOS.
CAPÍTULOS 25-27
CAPÍTULOS 28-38 INDUSTRIAS CONEXAS.
Excepciones:
Las demás. Que contengan aceites de petróleo o de mineral bituminoso. 3403.19.00.00
preparaciones lubricantes (incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparaciones antiherrumbre o anticorrosión y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes) y preparaciones de los tipos utilizados para el ensimado de materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peletería u otras materias, excepto las que contengan como componente básica una proporción de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al
70% en peso.
Productos de cualquier clase utilizados como colas o adhesivos, acondicionados para 3506.10.00.00 la venta al por menor como colas o adhesivos, de peso neto inferior o igual a 1 kg.
Preparaciones para el decapado de metal; pastas y polvos para soldar, constituidos por 3810.10.00.00 metal y otros productos.
CAPÍTULOS 39-40 MANUFACTURAS.
CAPÍTULOS 41-43 MATERIAS; ARTICULOS DE TALABARTERIA O GUARNICIONERIA; ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO (CARTERAS) CONTINENTES SIMILARES;
MANUFACTURAS DE TRIPA
CAPÍTULOS 44-46
CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O
CESTERIA.
CAPÍTULOS 47-49 CELULOSICAS; PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES
CAPÍTULOS 50-63
CAPÍTULOS 64-67 QUITASOLES, BASTONES, LATIGOS. FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES,
MANUFACTURAS DE CABELLO
CAPÍTULOS 68-70 AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS;
VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS
PRECIOSAS
O SEMIPRECIOSAS. METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA;
MONEDAS.
CAPÍTULOS 72-83
CAPÍTULOS 84-85 APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS
CAPÍTULOS 86-89
CAPÍTULOS 90-92 CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRURGICOS, APARATOS DE RELOJERIA: INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS.
SECCION
Xa. MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS
CAPÍTULOS 94-96
Excepciones:
Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa. 9608.20.00.00
-
Quedan vigentes los acuerdos No, 1586, 845, 1041, 361, 619, 1108, 1326 y 1548 relacionados en el considerando I, en todo aquello que no contradiga al presente;
-
Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
-
El presente Acuerdo puede ser rectificado de conformidad con el Art. 122 de la Ley de Procedimientos Administrativos y admite recurso de reconsideración, que podrá ser interpuesto en los términos y condiciones establecidos en los artículos 132 y 133 de la mencionada Ley,
-
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. - MARÍA LUISA HA YEM BREVE, MINISTRA.
(Registro Nº F054235)
DECRETO EJECUTIVO Nº 29
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD,
CONSIDERANDO:
-
Que el Art. 1 de la Constitución de la República contempla que El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba