Acuerdo No. 1092.- Reformas a la estructura organizativa del Ministerio de Salud

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 65, del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, faculta al Titular de•esta Cartera de Estado, para establecer y aprobar la organización administrativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones y competencias;

  2. Que el artículo 10, del Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del MINSAL, estable que el Titular aprobará mediante Acuerdo Ejecutivo la estructura organizativa que responda al cumplimiento de los objetivos institucionales, su organización y su funcionamiento;

  3. Que a través de Acuerdo Ministerial M 1621 del 19 de mayo de 2021 y publicado en el Diario Oficial N° 126, Tomo N° 432, del 2 de julio del 2021, se emitió la Estructura Organizativa del la cual es necesario modificar debido a cambios en la misma.

POR TANTO,

Conforme en los considerandos anteriores y a las facultades legales antes citadas,

ACUERDA emitir las siguientes:

La Estructura organizativa del ministerio de salud

Art. 1

Modifícase el Art. 1 de la siguiente forma:

Titular dependen directamente:

  1. Vice Ministerio de Gestión y Desarrollo en Salud;

  2. Vice Ministerio de Operaciones en Salud;

  3. Gerencia General;

  4. Dirección de Monitoreo Estratégico de Servicios de Salud;

  5. Dirección de Epidemiología;

  6. Dirección de Comunicación Social e Institucional;

  7. Dirección de Planificación;

  8. Dirección Integral Materno-Perinatal y Niñez;

  9. Unidad de Asesoría Jurídica;

  10. Unidad de Auditoría Interna;

  11. Oficina de Relaciones Internacionales y Cooperación en Salud;

  12. Unidad de Género;

  13. Dirección del Instituto Nacional de Salud; y

  14. Unidad de Gestión de Programas y Proyectos de Inversión.

Las relaciones con las entidades externas tales como: Consejo Directivo del Fondo Solidario para la Salud (FOSALUD), Comisión Nacional de la Lactancia Materna (CONALAM), Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASAN), Comisión Nacional Contra el VIH (CONAVIH), Consejo Directivo del CONNA; y las Asesorías Ministeriales, serán de manera directa con el Titular.

Art. 2 Del Vice Ministerio de Gestión y...

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