Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Santa Cruz Michapa

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ MICHAPA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad en el Art. 204, numeral 1 de la Constitución de la Republica; Ley General Tributaria Municipal; Artículos 3, numeral 1 y 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal vigente, es competencia exclusiva de este Concejo, decretar, modificar, o derogar, ordenanzas que regulen las tasas municipales y de manera general los tributos de competencia.

  2. Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello es factible buscar incentivos que conlleve a facilitar el pago de su obligación tributaria municipal.

  3. Que no existe en la Constitución de la República ni en la Legislación secundaria, prohibición alguna para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de interese moratorios y multas pretende beneficiar a los contribuyentes morosos, aplicándoles el principio de la más ajustado para ellos.

  4. Que igualmente, al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce a una mejora a la liquidez financiera de la Municipalidad de Santa Cruz Michapa.

  5. La administración tributaria de la municipalidad, debe establecer los mecanismos para lograr determinar y recuperar la mora derivada del incumplimiento de pago, según el Art. 48 de la Ley General Tributaria Municipal.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales que le confiere el Art. 204. Numeral 1 de la...

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