Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de dispensa de intereses y multas por falta de pago de tributos a favor del municipio de Ozatlán

EL CONCEJO MUNICIPAL DE OZATLÁN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 204, numeral 1 de la Constitución de El Salvador; Art. 7, inciso de la Ley General Tributaria Municipal; Art. 3, numeral 1 y Art. 30, numeral 21 del Código Municipal; el municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas.

  2. Que reconociendo que la capacidad económica de los contribuyentes se ha visto afectada por la crisis económica, razón por la cual se encuentran en mora en el pago de tributos municipales, y que es conveniente establecer mecanismos que conlleven a facilitar el pago de sus obligaciones tributarias con el municipio.

  3. Que no existe en el marco legal y técnico, prohibición alguna que explícitamente impida la dispensa del pago de multas e intereses, que son accesorios a la obligación principal.

  4. Que la dispensa de intereses y multas por falta de pago, pretende fortalecer las economías de los contribuyentes y mejorar los ingresos del municipio.

POR TANTO,

En uso de sus facultades legales,

Decreta la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE DISPENSA DE INTERESES Y MULTAS POR FALTA DE PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE OZATLÁN.

Art. 1 Durante la vigencia de la presente Ordenanza todo...

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