Decreto No. 1.- Reforma a la Ordenanza de tasas por servicios del municipio de Jucuarán, departamento de Usulután

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JUCUARAN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República, Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal, sienta las bases o principios generales para que los Municipios emitan las reformas de las Ordenanza, que regulan el Marco Jurídico, no quebrantando ni contradiciendo ninguna Ley, el Art. 204 Numeral 1 de la Constitución de la República y el Art. 30 numeral 4 el Código Municipal, son su fundamento legal.

  2. Que en el Diario Oficial Número 107, Tomo Nº 423 de fecha diez de junio de dos mil diecinueve se publicó Reforma a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicio Municipales, prestados por la Alcaldía Municipal de Jucuarán, Departamento de Usulután, la cual en el Título 3 Tasas por Derecho de Uso de Suelo y Subsuelo, en el contenido del apartado A) Tasa Mensual Uso de Suelo y Subsuelo recoge lo normado en la Ordenanza Reguladora de Tasas para la Instalación de Torres de Telecomunicaciones y Energía Eléctrica, Poste para Instalar Cables de Cualquier Naturaleza y Cabinas para Servicio Telefónico en el Municipio de Jucuarán, Departamento de Usulután y sus posteriores reformas, Ordenanza que a su vez ha sido reformada posteriormente.

  3. Que lo anterior ocasiona confusión en la aplicación de las diferentes normativas vigentes.

  4. - Que algunas tasas vigentes establecidas en la Ordenanza mencionada en el considerando anterior no responden a la realidad económica del Municipio.

  5. Que por lo antes señalado es necesario hacer la reforma de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicio Municipales, prestados por la Alcaldía Municipal de Jucuarán, Departamento de Usulután, publicado en el Diario Oficial Numero 46, Tomo Nº 422, de fecha siete de marzo del año dos mil diecinueve; para su aplicabilidad, a las Instituciones públicas o privadas.

POR TANTO:

En uso de las facultades conferidas en el Art. 204 ordinales y de la Constitución de la República, Art.30 numeral 4 del Código Municipal y Artículos 2, 7 inciso y 77 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA la siguiente:

REFORMA LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE JUCUARAN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

Art. 1 Se reforma el Art. 6, de la siguiente manera.
  1. TASA MENSUAL POR USO DE SUELO Y SUBSUELO

Art. 6 La tasa...

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