Decreto No. 1.- Reformas a la ordenanza de tasas por servicios del municipio de Nueva Gaudalupe, departamento de San Miguel

DECRETO NÚMERO UNO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVA GUADALUPE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.,

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 204, Ordinal de la Constitución de la República y Art. , Numeral 1 y 5 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal la creación, modificación y supresión de tasas por los servicios públicos que presta dentro de los límites que la Ley General Tributaria Municipal establece.

  2. Que es competencia de este mismo Concejo Municipal crear, modificar o suprimir tasas, mediante la emisión de la correspondiente orde- nanza, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 204, Ordinal de la Constitución de la República, en cumplimiento de los dispuesto en el inciso segundo del Art. 7 y del 158 de la Ley General Tributaria Municipal y los numerales 4 y 21 del Art. 30 y Art.32 y 35 del Código Municipal.

  3. El Artículo 152 de la Ley General Tributaria Municipal determina que los municipios deberán revisar periódicamente sus correspondientes leyes y ordenanzas conforme a las condiciones de la realidad socio-económica imperante en el país.

  4. Que la Ordenanza de tasas publicada en el Diario Oficial Número 215 tomo 377 de fecha 19 de noviembre de 2007 y la reforma a dicha ordenanza publicada en el Diario Oficial Número 14 tomo 378 de fecha 22 de enero de 2008 necesitan ser actualizadas en sus tasas.

POR TANTO:

En el uso de las facultades legales.

DECRETA:

Reforma de la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, de la siguiente manera:

Art. 1 Modifíquese el Art. 6
  1. Al numeral 4 Servicio de Abastecimiento de Agua Potable

    4.b Por cada reconexión del servicio de agua potable municipal ...................................................................................... $75.00

  2. Al numeral 7 Uso de Mercados Municipales, Plazas y Otros Sitios Públicos

    7.3 Por puesto para ventas transitorias al día o fracción..................................................................................................... $0.25

  3. Al numeral 14 Permisos, Licencias y Matrículas:

    14.29 Permiso para la poda...

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