Decreto No. 1.- Reformas a la ordenanza de tasas por servicios del municipio de Nueva Gaudalupe, departamento de San Miguel
DECRETO NÚMERO UNO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVA GUADALUPE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.,
CONSIDERANDO:
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Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 204, Ordinal 1° de la Constitución de la República y Art. 3°, Numeral 1 y 5 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal la creación, modificación y supresión de tasas por los servicios públicos que presta dentro de los límites que la Ley General Tributaria Municipal establece.
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Que es competencia de este mismo Concejo Municipal crear, modificar o suprimir tasas, mediante la emisión de la correspondiente orde- nanza, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 204, Ordinal 1° de la Constitución de la República, en cumplimiento de los dispuesto en el inciso segundo del Art. 7 y del 158 de la Ley General Tributaria Municipal y los numerales 4 y 21 del Art. 30 y Art.32 y 35 del Código Municipal.
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El Artículo 152 de la Ley General Tributaria Municipal determina que los municipios deberán revisar periódicamente sus correspondientes leyes y ordenanzas conforme a las condiciones de la realidad socio-económica imperante en el país.
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Que la Ordenanza de tasas publicada en el Diario Oficial Número 215 tomo 377 de fecha 19 de noviembre de 2007 y la reforma a dicha ordenanza publicada en el Diario Oficial Número 14 tomo 378 de fecha 22 de enero de 2008 necesitan ser actualizadas en sus tasas.
POR TANTO:
En el uso de las facultades legales.
DECRETA:
Reforma de la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, de la siguiente manera:
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Al numeral 4 Servicio de Abastecimiento de Agua Potable
4.b Por cada reconexión del servicio de agua potable municipal ...................................................................................... $75.00
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Al numeral 7 Uso de Mercados Municipales, Plazas y Otros Sitios Públicos
7.3 Por puesto para ventas transitorias al día o fracción..................................................................................................... $0.25
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Al numeral 14 Permisos, Licencias y Matrículas:
14.29 Permiso para la poda...
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