Decreto No. 102.- Reformas a la Ley del Fondo de Conservación Vial

LA ASAMBLEA ASAMBLEA ASAMBLEA LEGISLATIVALEGISLATIVA LEGISLATIVALEGISLATIVA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICAREPÚBLICA REPÚBLICAREPÚBLICA REPÚBLICAREPÚBLICAREPÚBLICA DE EL SALVADOR,SALVADOR, SALVADOR, SALVADOR,SALVADOR,SALVADOR,

CONSIDERANDO:CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 168, ordinal 15° de la Constitución de la República, establece que es atribución y obligación del Presidente de la República velar por la eficaz gestión y realización de los negocios públicos.

  2. Que mediante Decreto Legislativo No. 208, de fecha 30 de noviembre del año 2000, publicado en el Diario Oficial No. 237, Tomo No. 349, del 18 de diciembre del mismo año, se emitió la Ley del Fondo de Conservación Vial; la cual tiene por objeto establecer el marco legal para el financiamiento y gestión de la conservación de la red vial nacional prioritaria mantenible.

  3. Que en virtud de la creciente demanda de solución, tanto a los problemas antrópicos como a fenómenos naturales que enfrenta el país se vuelve indispensable establecer mecanismos que permitan mitigar y frenar tales acontecimientos, haciendo uso de los fondos con los que se cuentan y cumplir con los fines encomendados al Ramo de Obras de Públicas y de Transporte, entendiéndose que el Fondo de Conservación Vial forma parte del referido Ramo.

  4. Que en tal sentido, es necesario que en la actualidad la ley se encamine a establecer procedimientos coordinados de recursos que se requieran para la construcción y mantenimiento de la obra pública, así como para su conservación; por lo que es imprescindible establecer mecanismos que favorezcan la sinergia entre instituciones para un mayor alcance de las facultades establecidas en la ley a que alude el segundo considerando, en beneficio de la colectividad; por lo que procede introducir las correspondientes reformas a dicha ley.

  5. Que el desarrollo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR