Decreto No. 11.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios del municipio de Metapán

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE METAPÁN, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA,

CONSIDERANDO:

I- Que es competencia municipal crear y reformar ordenanzas municipales, según Artículo 4 numeral de la Constitución de la República; artículos: 3 número 5, y 30 número 4, del Código Municipal.

II- Que el Concejo Municipal de Metapán emitió según decreto número 38 de fecha 8 de diciembre de 2015, la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE METAPÁN, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, publicada en el Diario Oficial número 237, Tomo número 409, de fecha 23 de diciembre de 2015.

III- Que es necesario actualizar y agregar conceptos para el efectivo cobro de las tasas municipales en el rubro 02-03 denominado LICENCIAS O PERMISOS, de la Ordenanza citada en el romano II.

POR TANTO: en uso de las facultades legales que le confiere la Constitución de la República, el Código Municipal, y la Ley General Tributaria Municipal:

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE METAPAN DEPARTAMENTO DE SANTA ANA

Art. 1.- Refórmase el Artículo 3 números específicos: 02-03-01-07 literales a), b), 02-03-02-01 literales g), i), 02-0302-03 literal a), 02-03-02-05 literal m), los cuales quedarán en la siguiente forma:02-03-01-07 Constancias, resoluciones y otros permisos:

a) Reconsideraciones de Resoluciones, por cada trámite se cobrará el 50% de la tasa cobrada por el área a reconsiderar.

b) Reformas o modificación de resoluciones, por cada trámite se cobrará el 50 % de la tasa cobrada por el área a reformar o modificar.

02-03-02-01 Por Instalación de Vallas Publicitarias, Torres, Postes, Antenas para cualquier uso:

g) Por instalación de torre y/o poste para uso de antenas de telefonía de...

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