Decreto No. 2.- Derogatoria de la Ordenanza de tasas establecidas por Servicios Prestados por la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador

EL CONCEJO MUNICIPAL DE NEJAPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad al artículo 204 de la Constitución la autonomía del municipio implica decretar ordenanzas y gestionar libremente en materia de su competencia, por lo que es facultad del municipio crear, modificar y suprimir tasas municipales.

  2. Que según lo establecido en los artículos 11 y 12 del Código Municipal, el Concejo de alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador, OPAMSS, como organismo técnico descentralizado, por lo que conforme al inciso segundo del artículo 13 del dicho Código la participación en este tipo de entidades obliga y compromete patrimonialmente a las municipalidades den la medida y aportes señalados en los estatutos.

  3. Que de conformidad al artículo 12 de los Estatutos comprendidos en el acuerdo de creación de la OPAMSS, los recursos para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, podrán proceder de aportes, tasas o tarifas.

  4. De conformidad con la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños, al Reglamento de dicha Ley y al Acuerdo de Creación de la OPAMSS, corresponde a esta última la aprobación de todas las actividades relativas al desarrollo urbano y la construcción en el Área Metropolitana de San Salvador, AMSS. Y este Concejo atendiendo dichas facultades reconoce que es el COAMSS como entre Metropolitano, quien debe emitir las tarifas que la OPAMSS cobra por dichos servicios.

  5. Que mediante Decreto número once, el COAMSS autorizó las tarifas aplicables a los servicios que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR