Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria para el pago de tasas e impuestos con dispensa de multas e intereses moratorios a favor del municipio de Cuisnahuat

EL CONCEJO MUNICIPAL DE CUISNAHUAT, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, CONSIDERANDO:

I) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 204 Numeral 1 de la Constitución de la República, Articulo 7 de la Ley General Tributaria Municipal y artículos 3, numeral 5 del Código Municipal vigente, es competencia exclusivamente de este Concejo, decretar, modificar o derogar ordenanzas que regulen las tasas municipales, y de manera general los tributos de su competencia.

II) Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello es factible buscar incentivos que conlleve a facilitarles el pago de sus obligaciones tributarias municipales.

III) Que no existe en la Constitución de la República ni en la legislación secundaria, prohibición alguna para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas pretende beneficiar a los contribuyentes morosos, aplicándoles el principio de lo más ajustado para ellos.

IV) Que igualmente al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce en una mejora a la liquidez financiera de la Municipalidad de Cuisnahuat,

V) La Administración tributaria de la Municipalidad debe establecer los mecanismos para lograr determinar y recuperar, la mora derivada del incumplimiento de pago, según el Artículo 48 de la Ley General Tributaria Municipal.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 204 Numeral 1 de la...

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