Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza reguladora de tasas por servicios del municipio de Yucuaiquin, departamento de La Unión

EL CONCEJO MUNICIPAL DE YUCUAIQUÍN, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo con el art. 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, es competencia de los Municipios: crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en materias de su competencia y la prestación de los servicios;

  2. Que conforme a los artículos 3 numeral 1 y 5, 30 numerales 4 y 21 y 32, 34 y 35 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

  3. Que la Ley General Tributaria Municipal, en su art. 77, establece facultades normativas al Concejo Municipal de fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a los cuales deben ajustar el ejercicio de sus funciones los alcaldes y organismos dependientes de la Administración Tributaria Municipal. Así mismo, le compete emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

  4. Que es competencia de los Municipios, la revisión periódica de las respectivas leyes y ordenanzas tributarias, a fin de readecuarlas a la realidad socioeconómica de la población, tomando en cuenta los costos de suministro del servicio y el beneficio que presta a los usuarios, la cual permita al Municipio obtener los recursos que necesita para el cumplimiento de sus fines, así mismo asegurar que los beneficios que presta la Municipalidad sean eficientes, económicos y eficaces;

  5. Que, habiéndose creado la Unidad de Acceso a la Información Pública, de esta Municipalidad, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 48 de la Ley de Acceso a la Información Pública, es necesario definir los costos de reproducción de la información, que de acuerdo al Art. 61 de la misma, serán sufragados por él o la solicitante; y

  6. Que las tasas vigentes, establecidas en la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales, actualmente no contemplan la tasa por servicios de copia, impresión y unidad de disco digital (CD o DVD) por acceso a la información pública; siendo de urgente necesidad incorporar dicho tributo de servicios en esta jurisdicción;

POR TANTO:

En uso de las facultades legales citadas en el artículo 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República; artículos 3 numeral 1 y 5, 30 numerales 4 y 21, 32, 34 y 35 del Código Municipal en relación con el artículo 77 de la Ley General...

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