Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de tasasa por servicios a favor del municipio de Jicalapa, departamento de La Libertad

EL CONCEJO MUNICIPAL DE JICALAPA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

CONSIDERANDO:

  1. Que es necesario que las tasas establecidas cubran los costos en que se incurre con la prestación de los servicios, para que estos sean eficientes.

  2. Que de conformidad a lo dispuesto por la Ley General Tributaria Municipal, corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar o suprimir tasas y contribuciones especiales mediante la emisión de Ordenanzas y fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a los cuales deben ajustar el ejercicio de sus funciones.

  3. Que en Decreto de Ordenanza Número Dos, de fecha 29 de agosto de 2018, publicado en el Diario Oficial Número 169, Tomo Nº 420, de fecha 12 de Septiembre de 2018, que las tasas por servicios municipales y todas las contribuciones especiales deben basarse en la capacidad económica de los contribuyentes y en los principios de generalidad, igualdad y equitativa distribución de la carga tributaria.

POR TANTO:

Este Concejo Municipal, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 204, numerales y de la Constitución de la República, Artículo 30, numeral del Código Municipal y Artículos 2, 5, 7 inciso y 77 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA:

LA SIGUIENTE REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE JICALAPA.

Art. 1 Modifíquese del apartado II CUENTAS CORRIENTES el numeral 1 SOLVENCIAS MUNICIPALES
  1. SOLVENCIAS MUNICIPALES EN PAPEL MEMBRETADO

1.1 Extensión de solvencias municipales: sector habitacional, personal o similares, cada una $2.00

1.2 Extensión de solvencias municipales: sector empresarial, institucional o similares, cada una $5.00

Art. 2 Modifíquese y adiciónese del numeral 3.3 DE OTROS PERMISOS Y LICENCIAS 3.3.9 POSTES, derecho por uso de suelo en espacio público, por cada poste:

a-) Poste de Compañías de Servicio Telefónico, Cable TV e Internet, al mes $1.00 b-) Poste de Compañías de Servicio Eléctrico, al mes $3.00

Art. 3

La presente Reforma de la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, entrará en vigencia...

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