Decreto No. 21.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Nueva Concepción

EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVA CONCEPCIÓN, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, CONSIDERANDO:

  1. Que el alto costo de la vida y la reducción del poder adquisitivo de la moneda, han debilitado la capacidad de pago de los contribuyentes que tienen obligaciones tributarias con la municipalidad; lo que ha contribuido al incremento de la mora tributaria.

  2. Que al no existir en la Constitución, Código Municipal, ni en la Ley General Tributaria Municipal, prohibición alguna para dispensar el pago de los interese moratorios y multas (accesorios que son generados por el incumplimiento del pago de la obligación principal en los tiempos establecidos.

  3. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal de la Constitución de la República; los artículos 3, 6-A, 30, 32, 33 y 34 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y administrativo y regularán en las materias de su competencia por medio de ordenanzas, acuerdos y...

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