Decreto No. 30.- Reformas al Reglamento de Programa de Becas Presidenciales para la Educación Superior

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el otorgamiento de becas para estudios en universidades e instituciones técnicas de nivel superior de El Salvador, obedece al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 53, 54 y 55 de la Constitución de la República, por lo que se hace necesario regularlo en un cuerpo reglamentario que se adapte al interés y la realidad nacional;

  2. Que de conformidad al Decreto Ejecutivo Nº 21, de fecha 2 de mayo de 2017, publicado en el Diario Oficial Nº 87, Tomo Nº 415, del 15 del mismo mes y año, se emitió el Reglamento del Programa de Becas Presidenciales para la Educación Superior, que tiene por objeto regular los procedimientos para la adjudicación, prórroga, cancelación y finalización de las becas que la Presidencia de la República concede para realizar estudios de nivel superior; y,

  3. Que en vista que el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo ha sido reformado, en lo pertinente a la conformación de las Secretarías de la Presidencia de la República y estas inciden en el Reglamento mencionado en el considerando anterior, es necesario realizar las modificaciones al Decreto Nº 21 relacionado en ese considerando; así como efectuar los ajustes a ciertas disposiciones, emitiendo en consecuencia la presente reforma a determinadas disposiciones del Decreto Nº 21.

POR TANTO, en uso de sus facultades legales,

DECRETA las siguientes:

REFORMAS AL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PRESIDENCIALES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Art. 1 Sustitúyese el Art. 4, por el siguiente:

"Prioridad

Art. 4 Para la adjudicación de becas por primera vez, se considerará de forma prioritaria el cumplimiento por parte de los solicitantes de becas, de los siguientes criterios de selección:
  1. Provenir de hogares conformados por madres o padres solteros, viudos o que estén bajo la responsabilidad de familiares u otros particulares.

  2. Haber cursado bachillerato en instituciones públicas.

  3. Residir en la zona rural del país.

  4. Ser padre o madre de familia.

Si el solicitante a beca considera que no cumple con ninguno de los criterios indicados en las letras precedentes, pero a su juicio puede justificar la razón...

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