Decreto No. 4.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por servicios del municipio de San Pedro Puxtla, departamento de Ahuachapán

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN PEDRO PUXTLA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad al Decreto Municipal Número Doce, del veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y dos, publicado en el Diario Oficial Tomo número Trescientos diecisiete de fecha veintidós de diciembre del citado año, el Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, emitió la Tarifa de Tasas por Servicios Municipales, la cual adolece de deficiencias técnicas, y no responde a las necesidades actuales del municipio, razón por la cual el Concejo Municipal considera necesario emitir nuevas disposiciones que respondan a la realidad socio económica del mismo.

  2. Que de conformidad al Artículo 204 ordinales primero y quinto de la Constitución de la República y Artículo 3 del Código Municipal, la autonomía del municipio comprende: Crear, modificar y suprimir Tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que una Ley General establezca, así mismo decretar las Ordenanzas y Reglamentos Locales;

  3. Que de acuerdo al Artículo 2 de la Ley General Tributaria Municipal inciso segundo, y 69 inciso segundo del Código Municipal, las Leyes y Ordenanzas que establezcan tributos municipales deben fundamentarse en la capacidad económica de los contribuyentes y en los principios de generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria y de no confiscación;

  4. Que de conformidad al Decreto Municipal número doce del veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y dos, publicado en el Diario Oficial Tomo número trescientos diecisiete de fecha veintidós de diciembre del citado año, el Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, emitió la tarifa de Tasas por servicios municipales, de la cual se han emitido reformas, pero aún adolece de deficiencias técnicas y no responde a las necesidades actuales del municipio, razón por la cual el Concejo Municipal considera necesario emitir nuevas disposiciones que respondan a la realidad socio económica del mismo siendo conveniente actualizarla;

  5. Que es necesario reformar el artículo 4.- de Reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, en relación a:1-Servicios Públicos; 3.4- Derechos por Uso de Suelo; publicado en Diario Oficial tomo 356, fecha quince de agosto del año dos mil dos. Asimismo, reformar el Art. 7 de Reforma a la misma ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, en relación al numeral 3- PERMISOS Y LICENCIAS; 3.4- DERECHOS POR USOS DEL SUELO Y SUBSUELO, publicado en Diario Oficial, Tomo 393, de fecha veintinueve de julio de dos mil once.

POR LO TANTO:

El Concejo Municipal en uso de sus facultades que le confiere los Arts. 204 ordinales 1 y 5 de la Constitución de la República; Artículos 2 inc.2, 5, Artículo 7, inciso 2 y 72 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA, la siguiente:

REFORMA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR