Decreto No. 7.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios a favor del municipio de San Julian

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JULIAN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo con los Arts. 203 y 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios.

  2. Que conforme a los Arts. 3 y 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad.

  3. Que la Ley Tributaria Municipal en su Arts. 77, estipula que compete a los municipios emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.

  4. Que las tasas vigentes establecidas en la Ordenanza sobre tasa de servicio de agua potable y alcantarillado de la Asociación Municipal Descentralizada Administradora de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Julián, Departamento de Sonsonate, no especifican puntualmente la manera en que se efectuará el cálculo para los cobros.

  5. La Ordenanza publicada en el Diario Oficial No. 241, Tomo 385, de fecha 23 de diciembre del 2009, no se encuentra acorde a la realidad económica del municipio, los costos a cobrar deben estar en relación directa con los costos incurridos en la prestación de servicio, tal como lo establece la Ley General Tributaria Municipal.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal,

DECRETA:

LA PRESENTE REFORMA A LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA ASOCIACIÓN MUNICIPAL DESCENTRALIZADA DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SAN JULIÁN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

Art. 1 Modifíquese el Art. 3 de la siguiente manera:

No. 02.- SERVICIOS DE AGUA POTABLE AL MES:

De 01 a 20 metros cúbicos $0.20

De 21 a 30 metros cúbicos $0.25

De 31 a 40 metros cúbicos $0.35

De 41 metros cúbicos en adelante $0.45

En relación a los cobros de tarifas por servicio de agua potable expuestos se aplicarán los cobros de manera escalonada y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR