Decreto No. 7.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios a favor del municipio de San Julian
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JULIAN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE
CONSIDERANDO:
-
Que de acuerdo con los Arts. 203 y 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios.
-
Que conforme a los Arts. 3 y 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad.
-
Que la Ley Tributaria Municipal en su Arts. 77, estipula que compete a los municipios emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.
-
Que las tasas vigentes establecidas en la Ordenanza sobre tasa de servicio de agua potable y alcantarillado de la Asociación Municipal Descentralizada Administradora de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Julián, Departamento de Sonsonate, no especifican puntualmente la manera en que se efectuará el cálculo para los cobros.
-
La Ordenanza publicada en el Diario Oficial No. 241, Tomo 385, de fecha 23 de diciembre del 2009, no se encuentra acorde a la realidad económica del municipio, los costos a cobrar deben estar en relación directa con los costos incurridos en la prestación de servicio, tal como lo establece la Ley General Tributaria Municipal.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal,
DECRETA:
LA PRESENTE REFORMA A LA ORDENANZA SOBRE TASAS POR SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA ASOCIACIÓN MUNICIPAL DESCENTRALIZADA DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE SAN JULIÁN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
No. 02.- SERVICIOS DE AGUA POTABLE AL MES:
De 01 a 20 metros cúbicos $0.20
De 21 a 30 metros cúbicos $0.25
De 31 a 40 metros cúbicos $0.35
De 41 metros cúbicos en adelante $0.45
En relación a los cobros de tarifas por servicio de agua potable expuestos se aplicarán los cobros de manera escalonada y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba