Decreto No. 818.- Reformas a la Ley Orgánica Judicial relativas a la Competencia de los Juzgados Primero y Segundo de Instrucción y Tribunales Primero y Segundo de Sentencia con sede en el municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad al Art. 172 de la Constitución corresponde al Órgano Judicial la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en materia penal, civil, mercantil y laboral, entre otras, a través de los Juzgados de Paz, Primera Instancia, Cámaras de Segunda Instancia y Salas de la Corte Suprema de Justicia; y que la organización y funcionamiento de éstos estarán determinados por la Ley.

  2. Que los artículos 131 ordinal 31° y 133 ordinal de la Constitución; y el artículo 51 número 6) de la Ley Orgánica Judicial, establecen que es una atribución de la Corte Suprema de Justicia remitir al Órgano Legislativo iniciativas de Ley relativas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y a la organización de los mismos, referida a su creación, unión, separación, conversión, supresión y demás que se requieran para una pronta y cumplida administración de justicia.

  3. Que en atención a los estudios que de forma periódica realiza la Corte Suprema de Justicia, y con el objeto de fortalecer a las sedes judiciales en el Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz y garantizar la justicia a los...

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