Decreto No. 9.- Reformas a la Ordenanza Reguladora ara la prestación de servicios de cementerios y funerarios en el municipio de Soyapango, departamento de San Salvador
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que el Art. 204, ordinales 1 º y 5º de la Constitución de la República, establece que corresponde a los municipios "Crear, modificar, suprimir Tasas y contribuciones para la realización de obras determinadas de los límites que una Ley General establezca ". Así como Decretar las Ordenanzas y Reglamentos locales".
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Que el Art. 77 de la Ley General Tributaria Municipal, establece que "Corresponde a los Concejos Municipales fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a los cuales deben ejecutar el ejercicio de sus funciones, los Alcaldes y organismos dependientes de la administración tributaria municipal. Asimismo le compete emitir Ordenanzas, Reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.
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Que el Art. 152 de la Ley General Tributaria Municipal, establece que "Los municipios deberán revisar periódicamente sus correspondientes Leyes y Ordenanzas tributarias con el propósito de actualizarlas de conformidad a las condiciones de la realidad socioeconómica imperante en el país".
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Que el Art. 3 numerales 1 y 5 del Código Municipal, establecen que la autonomía del Municipio se extiende a "La creación de la modificación y supresión de tasas por servicios y contribuciones publicas dentro de los límites que una Ley General establezca". Así como "El Decreto de Ordenanzas, Reglamentos Locales" de la misma manera en el Art. 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal, establecen que son facultades del Concejo "Emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos para normar el Gobierno y la Administración Municipal." Asimismo "Emitir los acuerdos de Creación, Modificación y supresión de Tasas por Servicios y Contribuciones Públicas para la realización de obras determinadas de interés social.
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Que el Código Municipal en el artículo 4 numeral 20 establece, que es competencia de los Municipios la prestación de servicios de cementerios y funerarios, así como del control de dichos servicios prestados por particulares.
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Que según lo establece el artículo 152 de la Ley General Tributaria Municipal los Municipios deben revisar periódicamente sus ordenanzas tributarias, con el propósito de actualizarlas de conformidad a las condiciones de...
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