La eterna lucha de la Sección de Probidad

Irvin Paolo Umanzor-UmanzorLicenciado en Ciencias JurídicasEl pasado 7 de julio, Acción Ciudadana presentó el informe "Monitoreo sobre probidad en la función pública (junio-diciembre 2021)". En este, dicha Organización, entre otras cosas, concluyó que: 1) históricamente ha existido un alto incumplimiento por parte de los funcionarios y empleados públicos obligados de presentar su declaración jurada de patrimonio (DJP), tanto de inicio como del cese de sus funciones; 2) las instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo y las Autónomas son las instituciones cuyos funcionarios y empleados presentan mayor incumplimiento en la presentación de las DJP; 3) ante el alto incumplimiento en la presentación de las DJP, no se traduce en procedimientos sancionadores de imposición de multas; y, 4) considera que existe discrecionalidad por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el conocimiento de los casos.De lo anterior se tienen dos cosas: por una parte, el incumplimiento del servidor público obligado, y por otro, la falta de sanción y discreción por parte de la CSJ.Gran parte del incumplimiento de la rendición de la DJP proviene de la poca cultura de transparencia del funcionario o empleado público, que, sabiendo que es una obligación constitucional y legal, omite esta, en virtud de que ni la Constitución ni la Ley sobre enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos (LEIFEP) establecen consecuencias razonables ante el incumplimiento, "omisión" que sin lugar a dudas es voluntaria y hace inferir a cualquiera que se está adecuando a conveniencia un patrimonio.Por disposición de la Ley Orgánica Judicial, a la Sección de Probidad (en adelante la Sección) le compete recibir las DJP, clasificarlas y guardarlas con la debida reserva e informar al Pleno de la CSJ cuando del examen sobre las DJP existan indicios de enriquecimiento sin justa causa.Adicional a dichas atribuciones, a la Sección le corresponde difundir y promover el contenido de la LEIFEP, con la finalidad de facilitar su cumplimiento, labor que en la práctica se imposibilita por el exceso de carga laboral y poco recurso humano y técnico a su disposición. Según datos actualizados por Acción Ciudadana, la Sección hasta 2022 cuenta con 36 empleados, 16 más respecto de los que se contaba en 2014, lo cual reduce la carga laboral por empleado con relación al tratamiento de las DJP, pero que no quita que esta opere más allá del límite de lo aceptable considerando el amplio e...

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