REFÓRMASE LA LEY ESPECIAL PARA FACILITAR LA CANCELACIÓN DE LAS DEUDAS AGRARIA Y AGROPECUARIAS
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 806
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que por Decreto Legislativo Nº 263, de fecha 23 de marzo de 1998, publicado
en el Diario Oficial Nº 64, de Tomo Nº 339 del 2 de abril del mismo año, se emitió
la Ley Especial para Facilitar la Cancelación de las Deudas Agraria y Agropecuaria;
-
Que la referida Ley tiene por objeto, entre otros, contribuir a la reactivación del
sector agropecuario mediante la readecuación de los créditos a su valor actual
y el establecimiento de los mecanismos financieros que permitan cancelar las
deudas contraídas por los adjudicatarios de tierras;
-
Que asimismo establece que para facilitar el cumplimiento de las obligaciones
financieras aplica la figura del pronto pago mediante la cual los deudores se
benefician con un descuento del 90% de la totalidad de sus obligaciones, la cual
incluye capital e intereses de cualquier clase, a través del pago del restante 10%
bajo los mecanismos y procedimientos que la referida Ley establece;
-
Que la deuda que actualmente tiene el sector agropecuario le imposibilita
fortalecerse y desarrollarse, por lo que es necesario otorgarles facilidades que
les permita recibir sus escrituras con el gravamen de bien de familia; a fin de
contribuir a la unidad familiar y a la seguridad alimentaria de los salvadoreños
-
Que por las razones antes expuestas se hace necesario reformar la Ley a que se
refiere el considerando primero de este Decreto;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de la Diputada Irma Lourdes Palacios
Vásquez y del Diputado Orestes Fredesman Ortez Andrade, y con el apoyo de las Diputadas Blanca Noemí
Coto Estrada, Audelia López, Marina Landaverde y los Diputados Francisco Roberto Lorenzana Durán,
Rolando Mata, Saúl Anselmo Méndez, Mario Marroquín Mejía, José Francisco Merino López, Roberto José
d’Aubuisson Munguía, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda, José Serafín Orantes Rodríguez, Francisco José
Zablah Safie, Douglas Leonardo Mejía Avilés, Rodolfo Antonio Parker Soto, César Humberto García Aguilera
y José Orlando Arévalo Pineda.
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA...
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