Orden de cerrar bancos

José Enrique Argumedoysysjea@yahoo.comLeí en LPG el 3 de abril pasado que un funcionario declaró que si los bancos le hubiesen descontado a los que recibieron el subsidio de $300 "van a ir a buscar a las gentes a sus casas, les devolverán el dinero robado y publicarán disculpas públicas o serán cerrados inmediatamente". Sobre ello: a) sí se devolvió lo descontado; b) no se cumplió lo de irlos a buscar a sus casas, que era como un castigo; c) no se trató de un robo porque no existió violencia sobre las personas (ver art. 212 Código Penal); d) sí se brindaron disculpas, manifestando que fue "por un error involuntario. Pregunto ¿existen errores voluntarios?; e) no se cerraron los bancos, aunque no fueron a buscar a sus casas a los afectados.Quiero detenerme en lo del cierre inmediato, por lo que implicaría si se cumpliera. La Ley de Bancos establece que la Superintendencia del Sistema Financiero, en defensa del derecho de los depositantes y por razones de interés social, podrá decretar la suspensión transitoria, total o parcial, hasta por 30 días, previa opinión del BCR. Se nota que no se puede cerrar de inmediato. Puede darse también revocatoria de autorización para funcionar, siguiendo un procedimiento previo.La Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero establece como atribución del Consejo Directivo de la Superintendencia antes mencionada resolver sobre las suspensiones y cierres de actividades bancarias. Se señalan entre los criterios para sancionar, la gravedad o el daño causado, la duración y la reincidencia. Por ello es absolutamente contrario a la seguridad jurídica y al principio de legalidad cerrar de inmediato una institución bancaria, pues ello implicaría una arbitrariedad que riñe con un Estado Constitucional de Derecho. Vale el reproche a las instituciones bancarias que infrinjan la ley. Hay que observar su comportamiento y sancionar conforme a derecho cuando corresponda, por autoridades competentes y conforme los...

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