Resolución S/n.- Reforma al Reglamento Técnico de la Ley Especial contra el Delito de Extorsión

LA SUPERINTENDENTA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES,

CONSIDERANDO:

I- Que el artículo 1 de la Constitución establece que El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la Justicia, de la seguridad jurídica y el bien común.

II- Que mediante Decreto Legislativo No. 808, de fecha 12 de septiembre de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 189, Torno No. 333, del día 9 de octubre del mismo mes y año, se emitió la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, denominada SIGET, la cual en sus artículos 4 y 5 letra a) y b) señala que es competencia de la SIGET aplicar la Ley de Telecomunicaciones, creada por Decreto Legislativo No. 142, de fecha 6 de noviembre de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 218, Tomo 337, del veintiuno de noviembre de ese mismo año.

III- Que mediante Decreto Legislativo No. 953, de fecha 18 de marzo de 2015, publicado en el Diario Oficial No. 56, Tomo No. 406, del día 23 del mismo mes y año, se aprobó la Ley Especial Contra el Delito de Extorsión, que tiene por objeto establecer regulaciones penales y procesales especiales, así como medidas de índole administrativas, para la prevención, investigación, enjuiciamiento y sanción, penal del delito de extorsión. El TITULO III, Capítulo Único "Regulación Especial en Materia de Telecomunicaciones", prohíbe a los Operadores de Redes Comerciales de Telecomunicaciones -ORC- la prestación de los servicios de tráfico de telecomunicaciones al interior de los Centros Penitenciarios, Granja Penitenciaria, o Centros de Internamientos para Menores; y encomienda a la SIGET la normativa técnica y/o reglamento técnico al respecto.

IV- Que el cinco de abril de dos mil dieciséis la SIGET emitió el Reglamento Técnico de la Ley Especial Contra el Delito de Extorsión, publicado en el Diario Oficial N° 62, Tomo 411, del seis del mismo mes y año, el cual establece como área de prohibición para la prestación de trafico de telecomunicaciones, el área geográfica de cada uno de los centros, señalando que esta comprenderá todo el terreno e instalaciones de los mismos y...

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