Sentencia Nº 149-P-2018 de Corte Plena, 21-12-2021

Sentido del falloConcédese permiso para ejecutar la sentencia
MateriaFAMILIA
Fecha21 Diciembre 2021
Número de sentencia149-P-2018
EmisorCorte Plena
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas cuarenta y dos minutos del
veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno.
Por recibido el escrito de folios 81, pieza II, presentado por la licenciada T. de
M.D.H., como comisionada por la señora Procuradora General de la
República, para que comparezca como Defensora Pública de Familia del señor **********, en
las presentes diligencias de Pareatis promovidas por la licenciada S.E.M.
.
G., actuando en su calidad de apoderada de la señora **********, para que se le conceda
a su poderdante el permiso para ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la Corte
Superior de California, Condado de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de
América.
Al respecto, la referida licenciada D.H. expresa en lo pertinente lo
siguiente: "Habiéndose revisado y analizado las presentes diligencias de Auto de Pariatis y
siendo que las mismas se han realizado conforme a lo preceptuado en la ley, y no tener ningún
inconveniente me pronuncio en sentido positivo para que se ejecute dicha Sentencia de Divorcio
en nuestro país" (Sic).
En consecuencia resultando conforme la documentación agregada a la solicitud y no
existiendo oposición de parte contraria, es procedente acceder a lo solicitado.
POR TANTO: de acuerdo con las razones expuestas y de conformidad con lo regulado
en los artículos 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, 216, 217,
218, 555, 556 y 558 del Código Procesal Civil y Mercantil, en nombre de la República de El
Salvador, esta CORTE FALLA:
a) CONCÉDESE permiso para ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la Corte
Superior de California, Condado de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de
América, concediendo la disolución del vínculo matrimonial entre los señores ********** y
********** y otórguesele plenos efectos.
b) NOTIFÍQUESE a la abogada T. de M.D.H., en la
dirección señalada para recibir actos de comunicación.
c) DEVUÉLVASE la ejecutoria a la abogada S.E.M.G., junto
con la documentación que la acompaña. HÁGASE SABER.
-------J.A.P..------L.J.S.M..-----------A.M..----
-----RCCE--------M.A.D.N..G..----------P.V.C.------
-J. C..V.-----------S. L. RIV. M..------PRONUNCIADO POR LOS
MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.---------JULIA I DEL CID.----
SRIA.------RUBRICADAS.

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