Sentencia Nº C-16-02-2018-1 de Tribunal de Sentencia de Chalatenango, 26-09-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Chalatenango
Fecha26 Septiembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaC-16-02-2018-1
Delito Violación en menor o incapaz continuada
C-16-02-2018-1
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Chalatenango, a las nueve horas del día veintiséis de
septiembre de dos mil diecinueve.
Causa No C-16-02-2018-1, Ref.00487-UNAM-1-2017-CH, JGGR, conocido como El
S***, de treinta y ocho años de edad, acompañado (con **********), salvadoreño,
empleado, hijo de **********, y **********, nació el veintiuno de marzo de mil
novecientos ochenta y uno, originario y residente en ******, Chalatenango,
anteriormente vivió en Nueva Concepción, procesado por el delito de VIOLACIÓN
EN MENOR O INCAPAZ BAJO LA MODALIDAD DE DELITO CONTINUADO, previsto y
sancionado en el art. 159 en relación con los artículos 42 y 72 del Código Penal, en
perjuicio de la adolescente de la niña adolescente **********, representada
legalmente por su madre AGBL, residente en **********San Salvador, o **********,
Chalatenango.
Figura como representante del ministerio fiscal EDWIN DAVID RECINOS, y
como como defensor público el licenciado GEOVANY NIXON MONGE RIVERA.
Conoce de la causa el Tribunal de Sentencia de esta Ciudad, en forma unipersonal
por el señor Juez FREDY LEONEL PEÑATE PEÑATE, conforme a lo regulado en el
Art. 53 Inc. CPP.
RESULTANDO:
I.- HECHOS SOMETIDOS A JUICIO.
Según entrevista de la adolescente víctima, en el año dos mil dieciséis, se
encontraba estudiando quinto grado en el turno de la tarde en **********
Chalatenango, a mediados del mes de noviembre de dicho año 2016, se encontraba
en una fiesta bailable de despedida de año escolar, al terminar la despedida como
a eso de las cuatro de la tarde, la víctima salió con destino a su casa de habitación,
ubicada en el mismo caserío, a la salida se encontraba JGGR, como de treinta y seis
años de edad, y comenzó a platicar con la víctima, acompañándola hasta su casa,
le dijo que le gustaba como novia, que lo aceptara, que si aceptaba le ayudaría
económicamente para que continuara con el estudio, fue así que la víctima lo
aceptó y como a los quince días de ser novios G, la llevó a su casa que está ubicada
en **********, la introdujo al cuarto donde este dormía y le dijo que tuvieran
relaciones sexuales, que él se haría cargo de ella, la víctima aceptó tener su
primera relación sexual con este, en la cama donde él dormía, donde sostuvieron
relaciones sexuales sin ninguna protección, posteriormente continuaron con el
noviazgo y sostuvieron relaciones sexuales tres veces, en el mismo lugar y quedó
embarazada, frente a lo que el imputado le dijo que se haría cargo de su hijo…
aclara la víctima en su entrevista que en la casa donde sostuvieron relaciones
sexuales únicamente vivía el investigado… que a consecuencia de las relaciones
sexuales el día cuatro de diciembre del año dos mil diecisiete, nació su hijo
**********, en el Hospital de Nueva Concepción, Chalatenango.
II.- CALIFICACIÓN JURÍDICA.
Los hechos antes narrados han sido promovidos por la representación fiscal
por el delito de VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ BAJO LA MODALIDAD DE
DELITO CONTINUADO; previsto y sancionado en el artículo 159, relacionado al art.
42 y 72 del Código Penal, en perjuicio de la indemnidad sexual de la adolescente
**********.
III.- La presente audiencia se celebró el día doce de septiembre de dos mil
diecinueve, en la cual se cumplieron con los trámites de ley.
IV.- PLANTEAMIENTO Y AUTORIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO.
La Representante Fiscal propuso tanto a la defensa e imputado resolver el
presente proceso con un procedimiento abreviado, para esto solicitó la pena de
CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, para el delito ACUSADO. La defensa expresó estar de
acuerdo con la petición fiscal, y aseguró que el imputado estaba igualmente de
acuerdo y que confesaría los hechos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR