Sentencia Nº CB-03-13-07-18 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 29-08-2018

Sentido del falloESTIMASE parcialmente la pretensión planteada en el escrito que contiene el recurso de apelación
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA SENTENCIAS
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha29 Agosto 2018
Número de sentenciaCB-03-13-07-18
Tribunal de OrigenJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
CB-03-13-07-18.-
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: San Miguel, a las
catorce horas y diez minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil dieciocho.-
1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO.
1. 1. Vista en recurso de apelación la sentencia pronunciada por la señora Juez de
Primera Instancia de Ciudad Barrios, a las quince horas y veintiséis minutos del día ocho de junio
de dos mil dieciocho, en el proceso especial ejecutivo mercantil; con Número único de
expediente 08-PEM-2018.Yp, Eda. 16-febrero-2018; promovido por el Licenciado JORGE
JEOVANY AGUIRRE MELARA, mayor de edad, abogado, de este domicilio, con tarjeta de
identificación de abogado número: **********; como apoderado general judicial y especial de
la “ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE CIUDAD BARRIOS, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que se abrevia “ACACCIBA DE R.L”; contra el señor
JGZG, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Ciudad Barrios, con Documento Único de
Identidad número: **********; en calidad de deudor principal y contra los señores BEMP y
CMC, ambos mayores de edad, el primero transportista, del domicilio de Ciudad Barrios, con
Documento Único de Identidad número: **********, y el segundo comerciante, del domicilio de
Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número:
**********; ambos en calidad de fiadores y codeudores solidarios, el último ahora representado
por su apoderado general judicial y especial Licenciado JOSE FRANCISCO VELASQUEZ
GOMEZ, mayor de edad, abogado y notario, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento de
San Miguel, con tarjeta de identificación de abogado número: **********.-
1. 2. El proceso ha sido clasificado en el juzgado de origen con el Número único de
expediente ya citado, en esta Cámara bajo la referencia CB-03-13-07-18.-
1. 3. Han intervenido en primera instancia ambas partes, en la forma relacionada en el
numeral 1.1. de esta resolución; y en esta instancia han actuado el abogado JOSE FRANCISCO
VELASQUEZ GOMEZ, en su calidad de apelante y el Licenciado JORGE JEOVANY
AGUIRRE MELARA, como apoderado de la parte apelada.-
1. 4. La presente sentencia se dicta como lo dispone el Art. 213 CPCM, por el
Licenciado JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, en calidad de Magistrado Presidente
de esta Cámara, y por el Doctor JOSE HECTOR INOCENTE SEGOVIA MENDOZA, como
segundo Magistrado de Cámara en funciones, después de desarrollada la audiencia, de

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