Sentencia Nº TS-134-2017 de Tribunal de Sentencia San Francisco Gotera, 15-11-2017

Sentido del falloSENTENCIA DE CONTENIDO MIXTO
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha15 Noviembre 2017
Número de sentenciaTS-134-2017
Delito Violación en menor o incapaz Aborto sin consentimiento
EmisorTribunal de Sentencia San Francisco Gotera
TS-134-2017
TRIBUNAL DE SENTENCIA, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE
MORAZÁN, a las ocho horas con diez minutos del día quince de noviembre de dos mil
diecisiete.
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO, pronunciada en la causa penal
número TS 134/2017, instruida contra el imputado detenido, señor F J L H, de veintiocho años
de edad, soltero, jornalero, originario y residente en **********, Jurisdicción de **********,
Departamento de Morazán, hijo de los señores **********; procesado por los delitos de
VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ, tipificado en el Art. 159 del Código Penal, en
perjuicio de la víctima **********, de veinte años de edad, soltera, de oficios domésticos,
residente en **********, Jurisdicción de ********** Departamento de Morazán; y ABORTO
SIN CONSENTIMIENTO, tipificado en el Art. 134 del Código Penal, en perjuicio de la VIDA
DEL SER HUMANO EN FORMACIÓN.
La Vista Pública se realizó a partir de las once horas del día treinta y uno de octubre del
presente año, bajo la modalidad del Procedimiento Abreviado, conforme al Art. 418 del Código
Procesal Penal, audiencia que fue presidida por el señor Juez, Licenciado MARIO
ALEJANDRO HERNÁNDEZ ROBLES; actuando como representante del Fiscal General de la
República, la Licenciada María Esperanza Santos de Portillo, y como Defensor Público del
imputado, el Licenciado Juan Antonio Perdomo Hernández.
Y CONSIDERANDO:
I- Que el día treinta de mayo del año dos mil doce, la Licenciada Ruth Patricia Ferrufino
Velásquez, en su calidad de Fiscal Superior de la Agente Auxiliar del Fiscal General de la
República, Licenciada Gladys Argentina Contreras de Mejía, presentó ante la señora Jueza de
Instrucción de la ciudad de Osicala, escrito de acusación, de fs. 93 al 98, en contra del señor F J
L H, por los delitos de Violación en Menor o Incapaz, tipificado en el Artículo 159 del Código
Penal, en perjuicio de la joven **********; y Aborto Sin Consentimiento, tipificado en el Art.
134 del Código Penal, en perjuicio de la vida del ser humano en formación; sosteniendo en el
referido escrito como relación circunstanciada de los hechos, la siguiente: “Que desde el mes de
enero del año dos mil diez, cuando la víctima ********** tenía doce años de edad, conoció a F
J L H; que comenzó a conocer al sujeto en mención, ya que, platicaban mientras ella iba a visitar
a su hermano en el cuartel; que el día ocho de marzo del año dos mil diez, el imputado F J, le
dijo que solo a pasear iban, pero se la llevó para el Caserío **********, Jurisdicción de
**********, lugar donde vivía la mamá del imputado, señora **********; que en dicho lugar,
el indiciado le dijo, que ya no se iba a ir para su casa, porque él ya había hablado con la mamá
de ella, señora ********** que la llevaría hasta el siguiente día y eso fue mentira, porque él se
vino para San Francisco Gotera y llegó hasta los veintidós días, no pudiendo la víctima salir del
lugar porque la tenían amenazada, que sí se venía la iban a matar a ella o sino a su mamá; que
en varias ocasiones la víctima se quiso venir, pero la señora ********** le llamaba a él para
decirle, que ella se escapaba; que esta señora también la amenazaba que la iba a matar si se
llegaba a ir y para que no anduviera de loca, por lo que, a ella se le hizo difícil salirse de ahí,
luego llegó su mamá con unos policías de Torola para que ella se viniera, pero salió la señora
**********, a decirles que en ningún momento se la podían llevar porque F J L H no se
encontraba, hicieron un gran relajo, la señora en mención se opuso a que se la trajeran, luego a
los veintidós días llegó F J L H, diciéndole que ahora ella iba a ser su mujer y que iban hacer
hogar pero la señora ********** le dijo que habían llegado unos policías y que estos eran
maridos de ella; que el hombre anduvo enojado luego comenzaron a tener relaciones sexuales en
los primeros días del mes de abril del año dos mil diez, en la casa de la señora **********; que
era la primera vez, porque nunca había tenido nada que ver con nadie; que le dolió la vulva y le
ardía porque no sabía que era tener relaciones sexuales; que en el mismo momento empezó a
pelear con ella, le decía que era una puta pérdida de la calle, maldita puta ahora si me las vas a
pagar, que había tenido un montón de maridos, le dijo que no estaba virgen y le pegaba, después
continuó teniendo relaciones sexuales y la golpeaba, ella no hablaba con nadie de la familia,
esas relaciones sexuales eran sin su consentimiento, posteriormente en el mes de mayo del año
dos mil diez, se da cuenta que estaba embarazada y abortó en el mes de agosto siempre del dos
mil diez; luego salió embarazada nuevamente en los últimos días de julio de dos mil once y
abortó el uno de noviembre de dos mil once; que esos abortos han sido producto de que el
imputado antes relacionado mucho la golpeaba para que los niños se le cayeran, le daba patadas
en la espalda; que los dos abortos eran niños y en el primer embarazo tenía cinco meses, por lo
que, estuvo ingresada en el Hospital Nacional de San Francisco Gotera y fue ahí donde llegó su
mamá a traerla; que en el lugar referido, permaneció un año con ocho meses”.- Acusación en la
que se ofreció como Prueba para la Vista Pública, la siguiente: A) PRUEBA DOCUMENTAL:
1) Denuncia de la adolescente **********, agregada a folios 7; 2) Denuncia de la señora

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