Sentencia Nº TS075-2019 de Tribunal de Sentencia San Francisco Gotera, 04-12-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia San Francisco Gotera
Fecha04 Diciembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaTS075-2019
Delito Homicidio simple
TS 075-2019
TRIBUNAL DE SENTENCIA, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE
MORAZAN, a las ocho horas con veinte minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil
diecinueve.-
Causa penal registrada bajo el número TS075/2019,instruida contra el imputado detenido
J AR M, de apodo “Ch***”, de veintisiete años de edad, acompañado, jornalero, con residencia
en C**********, Jurisdicción de **********, departamento de Morazán, hijo de **********,
procesado por el delito de HOMICIDIO SIMPLE,tipificado en el Art. 128 del Código Penal,
en perjuicio del ahora occiso J E R M; teniendo calidad de ofendida la señora S M M, de
cuarenta y seis años de edad, residente en **********, de la jurisdicción de ********** de este
departamento, con Documento Único de Identidad número **********; hecho ocurrido según
escrito de acusación fiscal, el día ocho de abril del presente año, a eso de las siete de la noche, en
el Caserío El Cururo, Cantón El Rodeo, Jurisdicción de Jocoaitique, de este departamento.- La
Vista Pública se realizó a partir de las nueve horas del día veintiséis de noviembre del presente
año, bajo la modalidad del Procedimiento Abreviado, conforme al Art. 418 del Código Procesal
Penal, audiencia que fue presidida por la señora Jueza YOLANDA MIRIAN MARTINEZ;
actuando como representante del Fiscal General de la República, el Licenciado JORGE
ALBERTO PORTILLO PORTILLO, y como Defensor Particular del imputado, el Licenciado
MARIO SERGIO CRESPIN CARTAGENA.-
Y CONSIDERANDO:
I.- Que el día siete de agosto del año dos mil diecinueve, el Licenciado JORGE
ALBERTO PORTILLO PORTILLO,en su calidad de Representante del Fiscal General de la
República, presentó escrito de Acusación ante el Juzgado de Instrucción de la Ciudad de Osicala,
contra el imputado J A R M, por el delito de HOMICIDIO SIMPLE,tipificado en el Art. 128
Pn.,en perjuicio del señor J E R M;estableciendo en la relación circunstanciada de los hechos lo
siguiente: “Que el día ocho de abril del año dos mil diecinueve, en El Caserío Cururo, del Cantón
El Rodeo, jurisdicción de Jocoaitique, departamento de Morazán, cuando la víctima J E R M
llegó a un comedor que está ubicado cerca del desvío de Jocoaitique, lugar donde se encontraba
la señora E A G C, donde se pusieron a consumir cervezas cada uno, pero JEya iba bien
tomado, lugar en el cual conversaron cierto tiempo y como a eso de las diecisiete horas
aproximadamente le pidieron a un conductor de un moto taxi que los llevara al hotel de
Jocoaitique, quien accedió llevarlos y al llegar a ese lugar pidieron que les rentara una habitación
para quedarse durante la noche, llevando consigo una caja de cervezas, dándose el caso que en el
hotel les dijeron que no tenían habitaciones disponibles, diciéndoles el moto taxista que él podía
llevarlos a otro motel que está cerca del desvío, por lo que la señora Ele dijo que mejor los
llevara a la casa de ella, ubicada en Caserío ********** y el moto taxista accedió a llevarlos,
bajándose a una distancia de dos cuadras y media de la casa de habitación de dicha señora, lugar
en el cual se sentaron el ahora fallecido y la testigo a platicar, donde esta una parra de bambú,
durante cierto tiempo y ya como a eso de las siete de la noche aproximadamente, decidieron irse
para la casa de la señora E y J E se quedó un poco atrás, porque ya andaba bien tomado y le
costaba caminar, al llegar a una distancia de veinte metros aproximadamente, vio la señora Eque
J A R M, con quien tenía una relación de marido y mujer, estaba acostado en una hamaca en el
corredor de la vivienda, por lo que Ese sorprendió y al llegar a la casa le dijo en voz fuerte “ ya
llegaste” para que J E, se enterara que Jestaba en la casa y no llegara, pero en ese momento J E
le gritaba a E“Sh*** Sh***”, queriéndole decir Sh*** y en ese momento Jse levantó y tomó un
corvo en sus manos y salió corriendo para donde se encontraba J E, escuchando que J E daba
gritos de dolor, razón por la que Ese escondió en la fosa del servicio, mientras que JEseguía
gritando, que cuando J E gritaba salió de una casa que se encontraba en el lugar, el señor T R,
quien es el padre de Jy le gritaba deja a ese hombre, ya voy a llamar a la policía y minutos
después dejó de gritar, observando Eque Jregresaba nuevamente a la casa con el corvo en sus
manos, que como a eso de las ocho de la noche, llegó la policía sacando de la fosa a E*** y luego
fueron a buscar a J E, a quien aún lo encontraron con vida y lo trasladaron a San Francisco
Gotera, que Evio que Jvestía una camiseta deportiva de color celeste, con distintivos
comerciales, un short de color gris y unos zapatos tenis de la marca FILA color blanco, a la
víctima la policía le dio traslado de inmediato al Hospital Nacional de la ciudad de San Francisco
Gotera, donde falleció a consecuencia de la cantidad de heridas con arma blanca que presentaba,
mientras que a J A R M, le incautaron un corvo con manchas al parecer sangre y la ropa que
vestía”.- Fundamentando la imputación con la prueba ofrecida para incorporarse a la Vista

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