El trabajo

Sandra de Barrazasrebarraza@gmail.comLa Constitución de la República reconoce como derecho individual el derecho al trabajo. Agrega que el trabajo es una función social, que goza de la protección del Estado y que no se considera artículo de comercio. Establece que "el Estado empleará todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y su familia las condiciones económicas de una existencia digna".¿Quién en el Estado asume semejante responsabilidad? Según el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo hay dos secretarías que tienen que ver con el tema. El Ministerio de Economía y el Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Nadie más.Al Ministerio de Economía le compete "Fomentar la creación de nuevas fuentes de trabajo, mediante la aplicación de medidas de orden económico". Tiene sentido porque esta cartera de Estado debe asegurar que la economía crece y es capaz de absorber a la mano de obra que ingresa al mercado laboral. Su compromiso es asegurar la producción, la productividad y el uso racional de los recursos. Y esto ¿lo hace? Hay que hacer la pregunta para analizar la efectividad institucional y el impacto del gasto de esta cartera de Estado. La pregunta se hace, sin embargo, la respuesta debe darla la Corte de Cuentas.La realidad que se observa en calles y avenidas hace poco necesaria la respuesta de la Corte de Cuentas. Las nuevas fuentes de trabajo que debe promover el Ministerio de Economía están lejos de suceder. La economía no crece al ritmo necesario para crear oportunidades laborales en cantidad y calidad necesarias. Casi 7 de cada 10 ocupados están en el sector informal de la economía. Las calles y avenidas de centros urbanos de nuestro país son muestra de esto y los gobiernos municipales son indiferentes a la invasión de espacios públicos y al desorden que generan.Con esta estructura en la base producción, son pocos, muy pocos los que pagan impuestos. Muchos no pagan lo que deben por los hoyos legales...

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