Sentencia nº 51-P-2010 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 28 de Abril de 2011

Fecha de Resolución28 de Abril de 2011
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia51-P-2010
Tipo de ProcesoPareatis

51-P-2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del veintiocho de abril de dos mil once.

Admítese la solicitud de permiso para ejecutar en el país la Sentencia de Divorcio, pronunciada por la Corte Queen's Bench de Alberta, Distrito Judicial de Calgary, Canadá, entre los señores [...] y [...], presentada a esta Corte por la señora M.L. de M., en su carácter de Apoderada Judicial Especial de la señora [...], y sustituido a favor de la Licenciada E.E.L. de Castro, lo cual comprueba con el Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial y su correspondiente Acta de Sustitución.

Queda agregado escrito de fecha 18 de febrero de 2011. Evacuada la prevención hecha por este Tribunal, en resolución de las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de enero de dos mil once, mediante escrito de fecha veintidós de febrero de dos mil once, quedando agregado el Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial y su correspondiente Acta de sustitución; y que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 558 inciso CPCM, previo a conceder permiso para ejecutar en el país la sentencia referida, se debe dar audiencia a la parte contraria, tomando debida nota de la dirección donde puede ser notificado el señor [...], proporcionada en la solicitud que da inicio a las presentes diligencias, confirmada en escrito de fecha 22 de febrero de 2011 y consecuentes con lo dispuesto en el Art. 182 No. 4 Cn., este Tribunal

RESUELVE:

Por parte a la Licenciada Ena E.L. de Castro en la calidad en que actúa según lo comprueba con el Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial y su correspondiente Acta de Sustitución que queda agregado.

LIBRESE EXHORTO O CARTA ROGATORIA, a fin de notificar las diligencias de que se trata, al señor [...] en 85-251 90Th Avenida Sur Este, C.A., Canadá, T2JOA1, a quien deberá entregarse copia certificada por la Secretaría General de este Tribunal, de la documentación que contienen las diligencias de Pareatis iniciadas ante el mismo. El término contemplado en la citada disposición, se contará a partir del día siguiente de efectuada la correspondiente notificación.

DESE TRAMITE a la diligencia, en consecuencia remítanse las mismas al Consulado correspondiente, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, en virtud de lo dispuesto en el Art. 35 No. 5 del Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, reformado por el Decreto Ejecutivo número 1, del 1° de junio de 2009, publicado en el D.O. No. 99, tomo 383, de fecha 1° de junio de 2009. E.S.B.R.--------M.R..----------PERLA J.-----R.M.F.H.-DUEÑAS-------M.A.C.A.-----E.R.N.--------L.C.D.A.G.---------M. P..--------PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.----------S.R. DE AVENDAÑO.--------RUBRICADAS.

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