Sentencia nº 219-S-2013 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 16 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2014
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia219-S-2013
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO

219-S-2013

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las once horas y diez minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce.

Por recibido el oficio con referencia 267-033UALISP13-2014, de fecha veintidós de agosto de dos mil catorce y documentos adjuntos, remitidos por el F. General de fa República, en respuesta a la asistencia penal formulada por la F. General de la República de Guatemala y Jefe del Ministerio Público, con base en la Convención Interamericana Sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, a fin de obtener diversa información y documentación relacionada con la investigación seguida contra M.A.C.O. y otros, por atribuirles delitos de FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLÓGICA, USO DE DOCUMENTOS FALSIFICADOS y CASOS ESPECIALES DE ESTAFA, previstos y sancionados en los artículos 321, 322, 325, 263 y 264 del Código Penal guatemalteco, respectivamente, en perjuicio de la sociedad "Plantaciones Agropecuarias, S.A.", representada legalmente por R.E. F. DE LA V.

El día veinticinco de febrero de dos mil catorce, a las once horas y quince minutos, esta Corte resolvió autorizar la cumplimentación de la carta rogatoria remitida por la F. General de la República de Guatemala y Jefe del Ministerio Público; a tal efecto, comisionó a la Fiscalía General de la República para que recabara la información y documentación solicitadas y para practicar en sede fiscal la entrevista de la persona investigada, en caso de ser localizada.

Al revisar la documentación remitida por la Fiscalía General de la República, se advierte que dicha Institución, según resolución emitida a las doce horas del día veintidós de agosto de dos mil catorce, dio por finalizada la comisión conferida y adjunta la documentación solicitada; en consecuencia, es procedente trasladar las presentes diligencias a la autoridad requirente, por los canales correspondientes.

Por tanto, con base en las razones antes expuestas y de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República; 12, 13 y 24 de la Convención Interamericana sobre Asistencia Penal Mutua en Materia Penal y artículo 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte

RESUELVE:

CERTIFÍQUESE la presente resolución y remítase a la F. General de la República de Guatemala y Jefe del Ministerio Público, la documentación recibida de la Fiscalía General de la República, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, en calidad de Autoridad Central, y a éste, por medio del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

II- CERTIFÍQUESE la presente resolución y remítase a la Fiscalía General de la República, para su conocimiento. CÚMPLASE.

S.D.S..------M. REGALADO.-------O.B.F.-----D.L.R.G..------R.M.F.H.-----JUANM.B..-----S. L. RIV. M..---------J. R.

ARGUETA.---------R.A.Z..-------PRONUNCIADO POR LOS

MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.------S. RIVAS

AVENDAÑO.-------SRIA.-----RUBRICADAS.

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