Sentencia nº 052-17-SO-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 29 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
Número de Sentencia052-17-SO-F
Sentido del FalloSentencia confirmatoria
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Suspensión de Autoridad Parental
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Sonsonate

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las trece horas del día lunes veintinueve de mayo del año dos mil diecisiete.- IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO

La presente providencia corresponde al expediente del incidente del recurso de apelación interpuesto en el proceso de SUSPENSIÓN DE AUTORIDAD PARENTAL en relación al adolescente [...], estudiante, de catorce años de edad, procedente del Juzgado de Familia de Sonsonate con Número Único de Identificación SO-F-252-(241)-2016, promovido por el señor [...], estudiante, contra la señora [...], empleada, respectivamente padre y madre del adolescente [...].- La parte demandante es representada judicialmente por el licenciado E.V.R., abogado, en el carácter de apoderado; y la parte demandada, por el licenciado L.A.G.G., abogado, quien sustituyó al licenciado Á.A.G.Q., abogado, como mandatarios.- El referido adolecente es representado por las licenciadas Y.M.C.P.A. y K.G.M.E., ambas abogadas, en calidad de Defensoras Públicas de Familia de la Procuraduría General de la República.- Todos son del domicilio del municipio y Departamento de Sonsonate, excepto los licenciados V.R. y G.G., quienes en su orden lo son del municipio de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán y del de Izalco, Departamento de Sonsonate.- Con la salvedad del referido adolescente, todos son mayores de edad.- El expediente del incidente de apelación abierto por la Cámara ha sido registrado con la referencia N° 052-17-SO-F.- UTILIZACIÓN DE FORMAS ABREVIADAS

Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de este providencia hacemos uso de las siguientes formas abreviadas: “ Pr.F. ” corresponde a la Ley Procesal de Familia; “ Pr.C.M. ”, al Código Procesal Civil y Mercantil; “ fs. ”, a los folios del expediente tramitado en Primera Instancia; y “ Cámara ”, a la Cámara de Familia de la Sección de Occidente.- DECISIÓN E IMPUGNACIÓN

LA DECISIÓN.- Según sentencia definitiva de las 15 horas 10 minutos del día lunes 20 de febrero del año 2017 (fs. 278 al 286), la señora Juez de Familia de Sonsonate, licenciada F.M.H.G., adoptó las siguientes decisiones: (1) decretó la suspensión del ejercicio de la autoridad parental por maltrato habitual al hijo de la señora [...], respecto del

adolescente, al señor [...]; (3) ordenó al Registro del Estado Familiar correspondiente que una vez ejecutoriada la sentencia marginara la partida de nacimiento del adolescente nominado; (4) fijó una cuota alimenticia a favor de éste y a cargo de la señora [...], de cincuenta dólares a pagar el último día hábil de mes por medio de cuenta bancaria que se abrirá al efecto; (5) ordenó la remisión de las partes al Centro de Atención Psicosocial del Órgano Judicial; y (6) que al quedar ejecutoriada la sentencia se archivara el expediente.- LA IMPUGNACIÓN.- Inconforme con lo resuelto, el licenciado...

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