Decreto No. 678.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto Vigente

DECRETO No. 678

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 42 del Código Electoral, le corresponde al Tribunal Supremo Electoral una asignación presupuestaria anual del Presupuesto General del Estado que cubra sus necesidades, tanto para su presupuesto ordinario como para los presupuestos extraordinarios; asimismo, el Art. 274, inciso segundo del referido Código también estipula, que en el caso de gastos especiales que requieran de presupuestos extraordinarios, estos serán elaborados por ese Tribunal y los hará del conocimiento del Ministerio de Hacienda quien hará los trámites pertinentes para su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa;

  2. Que mediante Decreto Legislativo No. 541, de fecha 18 de octubre de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 210, Tomo No. 437, del 8 de noviembre del mismo año, se emitió la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, con el propósito de garantizar el ejercicio del derecho a votar y postularse a cargos de elección popular de los salvadoreños en el extranjero, en cualquier lugar del mundo para el Evento Electoral 2024; asimismo, para regular la implementación de un sistema de votación remota por internet y un sistema de votación electrónica presencial, que garantice el ejercicio libre, igualitario, transparente, personal y secreto del voto de los salvadoreños fuera del territorio nacional, siendo el Tribunal Supremo Electoral el responsable de garantizar el pleno ejercicio de estos derechos;

  3. Que de conformidad al análisis realizado por el Ministerio de Hacienda, se ha determinado un monto de SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$70,250,480.00) para financiar el Presupuesto Especial Extraordinario para garantizar el desarrollo del Evento Electoral 2024, de los cuales se requiere el monto de TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$39,500,000.00) para Gastos Pre-electorales a ejecutarse durante el ejercicio financiero fiscal 2023, y la diferencia por TREINTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$30,750,480.00) para cubrir los Gastos Electorales en el año 2024 y que deberá ser incorporada en el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado del Ejercicio Fiscal 2024;

  4. Que de acuerdo con el análisis...

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